Notificación de venta a la DGT: protege tus derechos al vender el coche
Quien quiera vender su coche en España debe conocer dos trámites administrativos: la notificación de venta, que tú, como vendedor, presentas ante la DGT, y la transferencia, que tu comprador debe realizar en un plazo de 30 días. Ambos pasos están relacionados, pero se tramitan por separado y con responsabilidades distintas. Quien retrasa la notificación de venta puede seguir siendo responsable, en determinadas circunstancias, de multas, seguro e impuestos del vehículo, aunque ya tenga un nuevo propietario. En esta guía descubrirás qué documentos debe incluir obligatoriamente el contrato de compraventa, cómo comprobar si tu coche es realmente transferible, qué debes tener en cuenta con vehículos con reserva de dominio o matrícula extranjera, y qué plazos y costes rigen en 2026.

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Por qué la notificación de venta es imprescindible
La notificación de venta es la comunicación a la DGT, la autoridad de tráfico española, de que has vendido tu vehículo. No sustituye al cambio de titularidad propiamente dicho, pero desde el momento en que se presenta te protege de seguir siendo responsable del coche. Mientras el comprador no haya realizado la transferencia, las multas de radares fijos, la obligación de seguro y las exigencias de la ITV seguirán recayendo a tu nombre.
La DGT recomienda expresamente no esperar al comprador, sino presentar tú mismo y con prontitud la notificación de venta. En la práctica, algunos compradores retrasan el cambio de titularidad durante semanas o meses, un riesgo que eliminas como vendedor mediante la notificación de venta.
Atención: La notificación de venta no es posible en el caso de los llamados VMP (Vehículos de Movilidad Personal, como los patinetes eléctricos sujetos a matriculación). En estos casos debe realizarse directamente la transferencia del VMP.
Antes de vender: ¿es tu coche realmente transferible?
Antes de buscar comprador, conviene comprobar si tu vehículo está libre de "cargas". Si no lo está, la DGT bloqueará cualquier transmisión, tanto la notificación de venta como la transferencia.
| Posible carga | Significado para la venta |
|---|---|
| Impuesto de Circulación / IVTM pendiente | Un vehículo sin el impuesto de circulación del año anterior pagado no puede transferirse |
| Multas pendientes (sanciones) | Las multas impagadas bloquean por completo la transmisión |
| Reserva de dominio inscrita | La transmisión solo es posible con la conformidad del banco financiador o mediante subrogación de la deuda por parte del comprador |
| Embargo o precinto | La venta solo es posible con la conformidad firmada del comprador |
| Vehículo en "baja temporal" | Debe darse de alta de nuevo antes de la notificación/transferencia |
Un "informe reducido" gratuito de la DGT te muestra si el vehículo está correctamente identificado, dado de alta y libre de cargas. Para detalles más profundos, como el historial de taller a través del libro de mantenimiento digital, existe el "informe detallado" por 8,67 €. Ambos informes pueden solicitarse a través de la Sede Electrónica de la DGT.
Aviso: También el comprador debería solicitar un Informe antes de realizar el pago, así se evitan sorpresas desagradables por Reserva de Dominio o embargos. Encontrarás más detalles sobre la inspección técnica en la guía de la ITV (TÜV) en Mallorca.
El contrato de compraventa: estos datos son obligatorios
Nunca deberías entregar tu vehículo sin haber firmado el Contrato de Compraventa. La DGT incluso pone a disposición un modelo de contrato gratuito en su página web.
| Dato obligatorio en el contrato de compraventa | Por qué es importante |
|---|---|
| Nombre/empresa + DNI, NIE o NIF del comprador y del vendedor | Identificación inequívoca de ambas partes |
| Datos del vehículo: marca, modelo, matrícula | Asignación al vehículo concreto |
| Precio de compra | Base para el posterior cálculo del ITP del comprador |
| Fecha y hora exactas de la firma | Determinante para cuestiones de responsabilidad hasta la Notificación de venta |
| Firma en cada una de las páginas | Evita manipulaciones posteriores |
Se recomienda además una copia del DNI, NIE o de la Tarjeta de Residencia de la otra parte. Anota en el contrato la hora exacta de la entrega, ya que hasta la Notificación de venta las multas por radar y las sanciones de la ITV siguen siendo, formalmente, asunto tuyo.
Paso a paso: cómo presentar la Notificación de venta ante la DGT
- Firmar el contrato con el comprador (en cada página, con la hora).
- Obtener una copia del documento de identidad del comprador.
- Presentar la Notificación de venta a través de la Sede Electrónica de la DGT, la app miDGT, por teléfono o con cita presencial.
- Abonar la tasa de 8,67 € (Tasa 4.1).
- Conservar el justificante, ya que documenta a partir de cuándo dejas de ser responsable.
| Canal | Quién puede utilizarlo | Coste |
|---|---|---|
| Registro electrónico (Sede DGT) | Vendedor o persona autorizada | 8,67 € |
| App miDGT | Vendedor | 8,67 € |
| Por teléfono | Vendedor | 8,67 € |
| Cita presencial (Cita previa) | Solo particulares, no empresas | 8,67 € |
La Notificación de venta solo puede presentarla el propio vendedor o una persona autorizada. Un poder puede dejarse registrado a través del Registro de apoderamientos de la DGT, o alternativamente mediante el formulario "Otorgamiento de representación" (Modelo 24) para la cita presencial.
Nota: Algunos asesores recomiendan presentar la Notificación de venta pocos días después de la entrega – oficialmente la DGT solo exige hacerlo "cuanto antes". Cuanto antes lo hagas, mejor para tu exención de responsabilidad.
Qué ocurre después: Transferencia e ITP para el comprador
El comprador está legalmente obligado a solicitar la Transferencia (el cambio de titular) en un plazo máximo de 30 días tras la firma del contrato de compraventa. Solo después de este paso se emite un nuevo Permiso de Circulación – y este solo es válido si existe una ITV en vigor.
Antes de la Transferencia, el comprador debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o acreditar una exención, según la Comunidad Autónoma mediante el Modelo 620 o el Modelo 621. Este impuesto lo asume el comprador, no el vendedor. Más información sobre el trámite administrativo del cambio de titularidad en la guía Cómo matricular un coche en España.
| Paso | Responsable | Plazo |
|---|---|---|
| Notificación de venta | Vendedor | Cuanto antes, sin esperar al comprador |
| Pagar el ITP o solicitar la exención (Modelo 620/621) | Comprador | Antes de completar la Transferencia |
| Transferencia / Cambio de titular | Comprador | Máx. 30 días tras la firma del contrato |
| Nuevo Permiso de Circulación | Lo emite la DGT | Tras completar la Transferencia con éxito, solo con ITV en vigor |
Caso especial: Reserva de Dominio, embargo y multas pendientes
Si el vehículo se financió a través de un banco o una entidad de financiación, esta suele comprobar si existe una Reserva de Dominio en el Registro de Bienes Muebles. En ese caso, el cambio de titular solo es posible una vez que se haya abonado íntegramente el precio de compra. Deberás solicitar entonces a la entidad financiera una "carta de cancelación de reserva de dominio" y tramitar la cancelación en el Registro de Bienes Muebles – según la experiencia, este trámite suele tardar unos 15 días.
En caso de embargo o precinto (embargo/incautación administrativa), en principio sí es posible la venta si el comprador confirma por escrito que está informado de la situación y la acepta.
Atención: Un vehículo con multas pendientes o con el impuesto de circulación sin pagar no puede transferirse en ningún caso, ni mediante Notificación de venta ni mediante Transferencia. Resuelve los asuntos pendientes de antemano, por ejemplo consultando la guía Bußgeld Spanien.
Vender un coche con matrícula alemana o extranjera
Un vehículo con matriculación alemana es difícil de vender en España a compradores españoles, ya que para su uso legal en España primero sería necesario un cambio a matrícula española, un trámite que la mayoría de los compradores prefiere evitar. Por eso, los compradores realistas suelen ser otros alemanes que quieren seguir circulando con la matrícula alemana.
Quien como residente circula de forma permanente con matrícula extranjera asume un riesgo: los controles pueden derivar en multas y, en casos extremos, en la incautación del vehículo. Para muchos residentes en esta situación, la venta es la solución más pragmática frente a un cambio de matrícula que suele ser largo. Toda la información sobre los antecedentes legales la encontrarás en la guía Ausländisches Kennzeichen Mallorca.
Si la ITV o el TÜV alemán ha caducado, aun así puedes vender el vehículo, pero deja constancia expresa de la falta de inspección técnica en el contrato de compraventa. A menudo el comprador se encarga posteriormente de la revisión técnica por su cuenta.
Venta a un concesionario en lugar de a un particular
Como alternativa a la venta a un particular, puedes entregar tu coche a una empresa de compraventa profesional o a un concesionario. La DGT remite para ello a un procedimiento propio para la "Entrega de un vehículo a un compraventa", que se diferencia de la venta a particulares. Una ventaja: una empresa especializada suele encargarse ella misma, al comprar y revender, del cambio de titularidad, del permiso de circulación y de la ficha técnica. Encontrarás un concesionario o socio de compra cerca de ti en el Branchenverzeichnis Autohändler.
Después de la venta: seguro, impuesto y documentos
Con la entrega no termina automáticamente tu responsabilidad práctica; solo la Notificación de venta la anula formalmente.
| Tarea después de la venta | Finalidad |
|---|---|
| Presentar la Notificación de venta | Finaliza la responsabilidad por multas, seguro e ITV |
| Cancelar o transferir el seguro del vehículo | Evitar pagos duplicados |
| Comprobar/detener la domiciliación bancaria del Impuesto de Circulación (IVTM) | Sin cargo para un vehículo que ya no es tuyo |
| Conservar una copia del contrato de compraventa firmado | Prueba en caso de consultas posteriores de la DGT |
Si no tienes claro qué póliza de seguro debes cancelar o si es posible una devolución, te ayudará consultar la guía KFZ-Versicherung Spanien. Para casos más complejos, por ejemplo varios vehículos, coches de empresa o cuestiones fiscales en torno al importe de la venta, merece la pena consultar con una gestoría; encontrarás los contactos adecuados en el Branchenverzeichnis Steuerberater.
Errores más frecuentes al vender un coche en España
- Entrega del vehículo sin contrato de compraventa firmado o sin copia del DNI del comprador.
- Esperar demasiado tiempo con la Notificación de venta confiando en que el comprador realizará la Transferencia con prontitud.
- Venta a pesar de multas pendientes, impuesto de circulación sin pagar o Reserva de Dominio inscrita – en ese caso la transferencia queda simplemente bloqueada.
- Falta de la hora exacta en el contrato de compraventa, aunque precisamente ese dato es determinante para la responsabilidad en caso de conflicto.
- Venta de un vehículo matriculado en el extranjero a un comprador español sin la previa reinscripción, aunque el uso práctico resulta casi imposible sin ella.
¿Qué viene después?
Tras una Notificación de venta exitosa y la Transferencia completada, el comprador recibe un nuevo Permiso de Circulación, siempre que la ITV esté en vigor. Para ti, como vendedor, queda sobre todo el trámite administrativo posterior: cancelar el seguro, revisar los adeudos domiciliados y conservar la copia del contrato por si surgen dudas más adelante. Si después planeas comprar tú mismo un vehículo nuevo o de segunda mano, encontrarás en la guía Comprar y vender de segunda mano más indicaciones prácticas para el día a día en Mallorca.
Lista de comprobación: vender un coche en España
- Informe reducido (gratuito) o informe detallado (8,67 €) solicitado a la DGT
- Impuesto de circulación (IVTM) y todas las multas liquidadas
- Reserva de Dominio comprobada y, en su caso, Cancelación solicitada
- Contrato de compraventa redactado con todos los datos obligatorios y firmado en cada página
- Copia del DNI del comprador obtenida
- Notificación de venta presentada a través de la Sede Electrónica, la app miDGT, por teléfono o con cita previa
- Tasa de 8,67 € abonada
- Seguro del vehículo cancelado o transferido
- Confirmación de la Notificación de venta archivada de forma segura
Conclusión
Vender un coche en España no es un trámite complicado si conoces el orden a seguir: primero comprobar que el vehículo está libre de cargas, después firmar un contrato de compraventa completo y a continuación presentar cuanto antes la Notificación de venta ante la DGT. La Transferencia propiamente dicha queda después bajo la responsabilidad del comprador, que dispone de 30 días para hacerla. Quien respeta este orden evita el mayor riesgo al vender un coche en España: seguir siendo responsable de multas, seguro o ITV de un vehículo que ya pertenece a otra persona.
Fuentes oficiales
- DGT Sede Electrónica – Notificación de venta: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/notificacion-de-venta/
- DGT Sede Electrónica – Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo: https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/transferencias-de-vehiculos/
- DGT – Vender un vehículo de segunda mano: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vas-a-comprar-o-vender-un-vehiculo-de-segunda-mano/vender-un-vehiculo-de-segunda-mano/
- DGT – Comprar un vehículo de segunda mano: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vas-a-comprar-o-vender-un-vehiculo-de-segunda-mano/comprar-un-vehiculo-de-segunda-mano/
- DGT – Registro de apoderamientos (poderes): https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/autorizaciones-de-representaciones-rea/