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Régimen especial de fomento para la cooperación internacional

Régimen especial de fomento para la cooperación internacional

Breve para ti: El decreto regula cómo la administración autonómica de las Islas Baleares articula jurídicamente las ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.

Breve para ti: En el prólogo se remite al Estatuto de Autonomía, que incluye un capítulo sobre la regulación de las relaciones institucionales y las funciones con proyección exterior.

Según ello, la administración autonómica tiene la competencia para reforzar la presencia de las Islas Baleares en el exterior y defender sus intereses fuera de la región, sin menoscabar la competencia del Estado en materia de relaciones internacionales. Tales medidas pueden realizarse de manera directa o ejecutarse a través de órganos de la administración estatal.

El Estatuto obliga además a los órganos públicos de las Islas Baleares a promover la paz, la solidaridad, la tolerancia y el respeto de los derechos humanos. Exige el apoyo a la cooperación para el desarrollo con países y grupos poblacionales estructuralmente desfavorecidos, con el objetivo superior de erradicar la pobreza.

Para el cumplimiento de estas obligaciones, el texto prevé la creación de programas y la celebración de acuerdos con los actores sociales de la cooperación y con las instituciones competentes.

Fuente

BOIB Núm. 68/2026 · Decreto · Área: Economía · CAIB · A fecha de: 30.05.2026

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Generado automáticamente: esta entrada resume con palabras propias un anuncio oficial del Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB). Solo el documento oficial original es vinculante.

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