Desahucios en Mallorca: frenan a ciertos fondos hasta 2030
En Mallorca, como en el resto de España, una persona vulnerable que afronta un desahucio por no poder pagar el alquiler cuenta desde este jueves, 8 de octubre de 2026, con una nueva protección: la administración tiene dos meses para ofrecerle otra vivienda o hacerse cargo de la deuda. La medida forma parte de un decreto de vivienda que también paraliza hasta el 31 de diciembre de 2030 los desahucios de personas vulnerables cuando demandan determinados fondos o empresas que compran en masa créditos impagados o inmuebles por debajo de su valor de mercado.
Si demanda otro tipo de propietario, el desahucio puede suspenderse hasta tres años, con revisiones anuales. El decreto prevé compensaciones por los alquileres no cobrados y los gastos de suministros.
Dos meses para encontrar otra casa
El plazo empieza cuando el juzgado notifica el caso a la administración competente. Si esta no ofrece otra vivienda, debe pagar al propietario —o depositar en el juzgado— lo que se debe, los alquileres posteriores y las costas del juicio. Así se salda la deuda, se detiene el desahucio y sigue vigente el contrato.
Si pasan los dos meses sin vivienda alternativa ni pago, la administración se convierte en deudora del propietario. El inquilino puede quedarse hasta que termine el contrato, siempre que continúe en situación de vulnerabilidad.
Cambios en los alquileres y las viviendas turísticas
Los alquileres temporales sin una causa justificada pasarán a considerarse contratos de vivienda habitual. Ocurrirá lo mismo si se encadenan más de dos contratos temporales. Cuando una casa se alquile por habitaciones, la suma de las rentas no podrá superar el alquiler de la vivienda completa.
Los anuncios de alquiler tendrán que indicar el índice de precios y la renta de los últimos cinco años. El propietario tampoco podrá cargar al inquilino los gastos de gestión inmobiliaria. Para las plataformas turísticas que no faciliten los datos exigidos, el decreto contempla multas de hasta un millón de euros o el 2% de su volumen de negocio.
El siguiente cambio para el alquiler turístico tiene otra fecha: el 1 de diciembre de 2026 se aplicará un IVA del 10% a las estancias de menos de 30 noches, siempre que el alojamiento no sea la vivienda habitual del arrendador. Un segundo decreto de vivienda tiene prevista su entrada en vigor el 15 de noviembre, pero, a diferencia del que ya rige, no se espera que obtenga la convalidación parlamentaria.
Fuente: Europa Press / Mallorca.com