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Estafa bancaria de 700 euros: el banco devuelve primero

Responsable del contenido: Frank Menze

Una mujer pone un objeto a la venta por internet y termina con una transferencia no autorizada por el equivalente de 700 euros. Avisa a su banco, pero la entidad se niega a devolverle el dinero porque considera que fue negligente. Una decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, difundida el 16 de octubre de 2026 tras una consulta de un tribunal de Polonia, deja claro el orden: el banco debe reembolsar primero y examinar después si puede reclamar el dinero.

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Europa Press

Todo empezó con un supuesto comprador que le envió un enlace para recibir el pago. La página imitaba la de su banco. Ella introdujo allí sus claves y un tercero pudo hacer la transferencia.

La regla se aplica a los pagos que el cliente no ha autorizado. Si este comunica la operación sin demora injustificada, el proveedor de pagos —también el banco— debe devolver el importe de inmediato; como muy tarde, al final del siguiente día hábil desde que detecta la operación o recibe el aviso.

Ese orden también importa para los clientes bancarios en Mallorca: una acusación de negligencia no basta para retener el dinero mientras se estudia el caso. El banco puede reclamarlo después si demuestra que el cliente incumplió deliberadamente o por negligencia grave sus obligaciones de proteger las claves. La Organización de Consumidores y Usuarios ha celebrado la decisión porque evita que el cliente se quede sin sus fondos mientras se resuelve esa disputa.

Temas: Juicios · Economía

Fuente: Europa Press / Mallorca.com

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