Falta de justificantes en las resoluciones de concesión de subvenciones para instalaciones de autoconsumo
Falta de justificantes en las resoluciones de concesión de subvenciones para instalaciones de autoconsumo
La Dirección General había aprobado ayudas para instalaciones de autoconsumo con energías renovables en el ámbito doméstico, en instalaciones públicas y en el tercer sector; sin embargo, para los beneficiarios mencionados en el anexo faltan justificantes completos, por lo que se solicitaron los documentos pendientes.
En el boletín oficial se publicó una convocatoria pública que preveía subvenciones para la instalación de sistemas de autoconsumo con energías renovables, tanto con almacenamiento como sin él, así como para la adaptación con soluciones de almacenamiento en instalaciones ya existentes. El ámbito de aplicación de la medida fue el sector residencial privado, las administraciones públicas y el tercer sector en el marco del programa europeo de reconstrucción.
La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático dictó resoluciones de concesión de ayudas a las personas mencionadas en el anexo, y estas subvenciones se refieren a la convocatoria indicada y a las medidas financiadas por la misma.
Para los beneficiarios incluidos en el anexo no consta la documentación completa que justifique la actividad subvencionada; los justificantes faltantes no se presentaron en la forma requerida.
La Dirección General instó a las personas afectadas a aportar los documentos pendientes y fijó un plazo para la presentación de los documentos solicitados.
Fuente
BOIB Núm. 91/2026 · Resolución · Área: Vivienda · Conselleria d'Empresa, Autònoms i Energia · A fecha de: 21.07.2026
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