Pensión de viudedad: parejas con hijos evitan el registro
En Mallorca, una pareja que no se ha casado y tiene hijos en común ya no necesita inscribirse como pareja de hecho para que quien sobreviva pueda optar a la pensión de viudedad. Tendrá que demostrar con un certificado de empadronamiento que convivieron sin interrupciones durante los dos años inmediatamente anteriores al fallecimiento. El Gobierno aprobó el cambio el martes y el decreto se publicó el miércoles 21 de octubre de 2026 en el «Boletín Oficial del Estado».
El Gobierno sostiene que exigir la inscripción podía dejar sin protección a familias con hijos y provocar pleitos. Con la nueva regla busca adaptar la ley a esa realidad.
Para las parejas que sí están inscritas, los plazos no cambian: deben acreditar cinco años seguidos de convivencia con un certificado de empadronamiento. Además, la inscripción o la formalización en documento público debe haberse hecho al menos dos años antes del fallecimiento.
Fuente: Europa Press / Mallorca.com