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Herencia de Alemania e impuesto en España: qué pagan realmente los residentes en Mallorca

Quien vive como residente en Mallorca y recibe una herencia procedente de Alemania –un piso en Múnich, una cuenta de ahorro en Hamburgo, una parte de un terreno forestal en Brandeburgo– se ve inmerso en una doble presión fiscal: España, gracias a la obligación personal de contribuir, grava el patrimonio mundial, y al mismo tiempo la Hacienda alemana también quiere su parte. Entre ambos países no existe un convenio de doble imposición que regule este conflicto para el impuesto de sucesiones y donaciones. Esta guía explica cuándo se aplica realmente el impuesto español de sucesiones (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ISD), qué ventajas ofrece la normativa especial balear para parientes cercanos, cómo funciona el Modelo 650 y cómo puede deducirse en Alemania el impuesto pagado en España.

Tributación en España de una herencia procedente de Alemania 2026

¿Heredas desde Alemania y vives en Mallorca, o al revés?

Por qué la herencia procedente de Alemania resulta relevante en España

Lo decisivo no es la nacionalidad, sino el domicilio habitual (residencia habitual) del heredero en el momento del fallecimiento. Si vives de forma permanente en Mallorca, se aplica la obligación personal de contribuir (obligación personal de contribuir): todo lo que heredes –independientemente de en qué parte del mundo se encuentre el bien– queda sujeto, en principio, al impuesto de sucesiones español. Así, un alemán residente desde hace años en Mallorca paga el impuesto de sucesiones español, aunque todo el patrimonio heredado se encuentre en Alemania.

Si, por el contrario, sigues residiendo en Alemania y solo heredas un inmueble o una cuenta en España, se aplica la obligación real de contribuir (obligación real): solo se grava en España el patrimonio situado allí.

Situación del heredero Obligación fiscal en España Qué se grava
Domicilio en Mallorca (residente) Ilimitada (obligación personal) Patrimonio mundial, incl. la herencia alemana
Domicilio en Alemania (no residente) Limitada (obligación real) Solo el patrimonio situado en España
El heredero vive en Alemania, el inmueble está en Mallorca Limitada, declaración conforme al derecho estatal (posibilidad de optar por la normativa regional) Solo el inmueble español

Atención: La nacionalidad alemana no protege frente a la obligación personal de contribuir en España. Lo determinante es exclusivamente el domicilio habitual en el momento del fallecimiento.

Sin convenio de doble imposición – el mayor malentendido

A diferencia del impuesto sobre la renta, donde se aplica un convenio de doble imposición entre Alemania y España, en el ámbito del impuesto de sucesiones y donaciones no existe ningún convenio de este tipo. Esto significa en concreto: tanto España como Alemania pueden gravar el mismo caso de herencia, sin que ningún tratado excluya automáticamente la doble imposición. Existen posibilidades recíprocas de deducción según el derecho nacional respectivo, pero primero hay que presentar una declaración del impuesto de sucesiones en ambos países, independientemente de si al final realmente hay que pagar en los dos países.

Para los herederos alemanes que hayan abonado el impuesto de sucesiones en España, el Art. 21 de la ley alemana del impuesto de sucesiones y donaciones (ErbStG) permite, previa solicitud, una deducción del impuesto extranjero sobre el impuesto de sucesiones alemán – aunque solo en la medida en que el patrimonio en el extranjero también esté sujeto al impuesto de sucesiones alemán, y solo de forma proporcional al patrimonio afectado.

Aviso: El orden es importante: la declaración del impuesto de sucesiones española debería, por regla general, realizarse primero, para que el impuesto español pagado sirva de base de deducción en la declaración alemana.

La normativa especial balear: 100 % de bonificación para familiares cercanos

Las Balearen se encuentran entre las regiones fiscalmente más generosas de España para las herencias entre familiares cercanos. Con el Decreto Ley 4/2023 de 18 de julio de 2023 y la posterior Ley 11/2023 de 23 de noviembre de 2023 (adaptada mediante el Decreto Ley 1/2014 de 6 de junio de 2024), se introdujo una bonificación fiscal del 100 % del valor de la herencia para cónyuges, hijos, hijos adoptivos, padres y abuelos. De facto, una herencia para este grupo de personas queda así libre de impuestos, siempre que se cumplan los requisitos formales.

Herencia desde Alemania en Mallorca: escena mediterránea con una casa y una llave; los chips muestran la bonificación balear del impuesto de sucesiones según el parentesco — por lo general 100 % para familiares cercanos (solo hasta el 120 % del valor de referencia del inmueble), 50 % para hermanos y sobrinos sin descendientes directos, 25 % con descendientes directos.
Grado de parentesco Bonificación desde la reforma Condición adicional
Cónyuge, hijos, hijos adoptivos, padres, abuelos 100 % El valor del inmueble no puede superar el 120 % del valor de referencia
Hermanos, tíos/sobrinos sin descendientes directos Reducción del 50 %
Hermanos, tíos/sobrinos con descendientes directos Reducción del 25 %
Todos los demás herederos Sin bonificación balear Se aplican los tipos impositivos regulares

Antes de esta reforma, los padres, hijos, cónyuges así como abuelos y nietos pagaban solo un 1 % hasta una herencia de 700.000 euros; por encima de esa cantidad, el tipo subía progresivamente al 8 %, 11 %, 15 % y finalmente 20 %. Para todos los demás herederos, el tipo aplicable antes de la reforma oscilaba entre el 7,65 % y el 34 %, dependiendo del valor del patrimonio heredado menos las deudas.

Además, se corrigió un punto importante durante la elaboración: originalmente las bonificaciones solo se aplicaban a los herederos residentes en las Balearen, lo cual infringía el derecho de la UE, ya que los no residentes –por ejemplo, hijos residentes en Alemania de un causante mallorquín– resultaban perjudicados. Desde el ajuste de noviembre de 2023, los no residentes también se benefician de esta normativa.

Derecho de elección para no residentes: derecho estatal o balear

Quien no sea residente en España pero herede patrimonio español (por ejemplo, un inmueble de vacaciones en Mallorca) debe, en principio, declarar el impuesto de sucesiones en Madrid conforme al derecho estatal de sucesiones. Sin embargo, el derecho estatal solo prevé para hijos y cónyuges un mínimo exento personal de 15.956,87 euros, sin las bonificaciones balearicas más amplias.

Precisamente aquí merece la pena un análisis detallado: cualquier persona no residente en España tiene la opción de elegir, en lugar del derecho estatal, el derecho de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el inmueble; en Mallorca, por tanto, el derecho balear con su bonificación del 100 % para familiares cercanos. Este derecho de elección puede suponer una diferencia financiera considerable.

Base legal Mínimo exento/bonificación para hijo/cónyuge Aplicable en
Derecho estatal (Ley 29/1987) 15.956,87 euros de mínimo exento, sin bonificación adicional Estándar para no residentes, siempre que no se ejerza el derecho de elección
Derecho balear 100 % de bonificación sobre el valor de la herencia Derecho de elección para no residentes con inmueble en las Balears; automático para residentes

Aviso: Si los alemanes con vinculación a Mallorca pueden elegir las normas balearicas más favorables depende del caso concreto, pero, por regla general, esto es posible.

Qué derecho sucesorio se aplica: el Reglamento Europeo de Sucesiones y la elección de ley

Además del plano fiscal, existe la cuestión de derecho civil sobre qué derecho sucesorio resulta aplicable. Desde agosto de 2015, el Reglamento Europeo de Sucesiones (Reglamento UE 650/2012, conocido como "Bruselas IV") determina, en principio, que la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento es determinante, y ya no automáticamente la nacionalidad. Un alemán con última residencia habitual en Mallorca queda, por tanto, en principio sujeto al derecho sucesorio español.

No obstante, el reglamento permite una elección de ley (professio iuris): puedes establecer testamentariamente que, en su lugar, se aplique a tu herencia el derecho de tu país de origen, es decir, el derecho sucesorio alemán. Esta elección afecta a la sucesión de derecho civil (quién hereda, legítimas, etc.), pero no automáticamente al tratamiento fiscal, que sigue rigiéndose por el derecho fiscal español si eres residente en España.

Importante: Un testamento español con una elección de ley clara simplifica considerablemente el procedimiento y evita incertidumbres ante notarios y tribunales. Más información en la guía sobre el testamento español.

También afectadas las donaciones: las Balears suprimen el impuesto de donaciones

Quien desee transferir patrimonio ya en vida se beneficia desde hace poco aún más de la política fiscal balear. En el marco de la ley de presupuestos de 2025 (Ley 6/2025, de 23 de julio de 2025), las Balears han suspendido de facto, con efecto desde el 25 de julio de 2025, el impuesto de donaciones para familiares cercanos. Las transmisiones patrimoniales en vida entre padres, hijos, nietos y cónyuges son, por tanto, prácticamente libres de impuestos; la normativa se aplica por igual a residentes y no residentes.

Para la planificación sucesoria de propietarios alemanes en Mallorca, esto da lugar a una ventana temporal interesante: en lugar de esperar al fallecimiento, una donación anticipada entre parientes cercanos puede ser fiscalmente más atractiva – no obstante, las consecuencias en materia de derecho civil y de legítimas deben examinarse siempre por separado.

Modelo 650: así se desarrolla la declaración

El impuesto de sucesiones español se declara mediante el Modelo 650. Como norma general: el impuesto debe declararse en ambos países cuando se ven afectados tanto bienes en Alemania como en España.

  1. Obtener el certificado de defunción y el certificado de herederos – como base para todos los pasos siguientes.
  2. Determinar y valorar el patrimonio hereditario – incluyendo inmuebles, cuentas y valores, tanto en Alemania como en España.
  3. Aclarar el derecho aplicable – en el caso de residentes, se aplica automáticamente el derecho balear; en el caso de no residentes, debe comprobarse un posible derecho de opción entre el derecho estatal y el regional.
  4. Preparar y presentar el Modelo 650 – ante la autoridad tributaria competente (en el caso de residentes, generalmente las Balears; en el caso de no residentes con patrimonio en España y domicilio en Alemania, generalmente Madrid, siempre que no se ejerza otro derecho de opción).
  5. Preparar en paralelo la declaración del impuesto de sucesiones alemán – incluyendo la justificación del impuesto pagado en España para su posterior deducción.
  6. Solicitar la deducción conforme al art. 21 ErbStG – en cuanto esté disponible la liquidación tributaria española.

Aviso: El lugar exacto donde debe presentarse la declaración depende del domicilio del heredero y de la ubicación del patrimonio. En el caso de una persona no residente fiscalmente en España, cuyos herederos tampoco residen en España, la declaración se realiza, por norma general, conforme al derecho estatal en Madrid.

Valoración de inmuebles: el valor de referencia y el límite del 120%

Para la bonificación total del 100% en las Balears existe una restricción importante: el valor fiscal del inmueble, tal como se indica en la escritura pública en la Aceptación de Herencia, no puede superar el 120 % del denominado valor de referencia. Si se supera este valor, se pierde la amplia bonificación fiscal.

En la práctica, esto significa: al formalizar la escritura notarial de la herencia, deberías comprobar detenidamente junto con un asesor fiscal español qué valor se asigna al inmueble – una valoración demasiado alta o demasiado baja puede resultar cara desde el punto de vista fiscal.

Criterio Regulación
Valor máximo del inmueble para la bonificación del 100% 120 % del valor de referencia
Consecuencia en caso de superación Pérdida de la amplia bonificación fiscal
Dónde se determina el valor En la escritura pública de aceptación de la herencia

Errores más frecuentes en la herencia procedente de Alemania

  • Declarar solo en un país. Como no existe un convenio de doble imposición, en principio hay que presentar declaración en ambos países, aunque al final el impuesto solo se acabe pagando efectivamente en uno de ellos.
  • Pasar por alto el derecho de opción como no residente. Quien declara automáticamente conforme al derecho estatal puede estar renunciando a la bonificación balear del 100%.
  • Ignorar la valoración del inmueble. Si se supera el valor de referencia del 120%, se pierde la generosa exención fiscal, algo que muchas veces pasa desapercibido hasta la inspección tributaria.
  • Falta de testamento con elección de ley. Sin una professio iuris clara, se aplica automáticamente el derecho del último lugar de residencia habitual, lo que puede llevar a resultados inesperados.
  • Olvidar la deducción en Alemania. Sin solicitarlo dentro de plazo conforme al art. 21 ErbStG, el impuesto pagado en España queda sin aprovechar y existe el riesgo real de doble imposición.

¿Qué viene después? Tras la declaración de impuestos

Tras presentar el Modelo 650 y recibir la liquidación tributaria, conviene conservar dicha liquidación como justificante para la declaración del impuesto de sucesiones alemán. En el caso de inmuebles en Mallorca, normalmente sigue el cambio de titularidad en el registro de la propiedad a favor del nuevo propietario o propietarios. Para las obligaciones fiscales continuas como residente, como la declaración anual del IRPF, merece la pena consultar nuestra guía sobre Impuestos como residente. Quien todavía no tenga residencia fija pero herede un inmueble debería conocer además las normas sobre el impuesto de no residentes.

Lista de comprobación: herencia procedente de Alemania siendo residente en Mallorca

  • Aclarar con precisión la residencia habitual en el momento del fallecimiento (obligación tributaria ilimitada vs. limitada)
  • Comprobar si existe derecho de opción entre el derecho estatal y el balear
  • Documentar el grado de parentesco con el causante (determinante para el importe de la bonificación)
  • Hacer revisar la valoración del inmueble teniendo en cuenta el límite del valor de referencia del 120%
  • Presentar el Modelo 650 dentro de plazo ante el organismo competente
  • Preparar en paralelo la declaración del impuesto de sucesiones alemán
  • Solicitar a tiempo la deducción conforme al art. 21 ErbStG
  • Considerar la posibilidad de otorgar testamento español con elección de ley para facilitar futuras herencias

Conclusión: dos países, una herencia — un buen asesoramiento merece la pena

Una herencia procedente de Alemania afecta fiscalmente con toda su fuerza a los residentes en Mallorca, ya que la obligación tributaria ilimitada abarca el patrimonio mundial y no existe ningún convenio de doble imposición que evite automáticamente la doble carga. Al mismo tiempo, las Baleares ofrecen posibilidades atractivas de planificación gracias a su bonificación del 100% para familiares cercanos y a la eliminación del impuesto de donaciones para este grupo de personas, siempre que el derecho de opción se utilice correctamente y se cumplan las condiciones formales, como el límite del valor de referencia del 120%. Quien planifique con antelación, otorgue testamento con una elección de ley clara y presente ambas declaraciones de forma coordinada evitará los errores más costosos en este complejo terreno fiscal germano-español.

Fuentes oficiales

¿Debo pagar como residente en Mallorca el impuesto de sucesiones sobre una herencia alemana?
Sí. Si tu residencia habitual en el momento del fallecimiento se encuentra en Mallorca, se aplica la obligación fiscal ilimitada y tu patrimonio mundial —también el procedente de Alemania— está sujeto al impuesto de sucesiones español.
¿Existe un convenio de doble imposición entre Alemania y España para herencias?
No, en el ámbito del impuesto de sucesiones y donaciones no existe entre ambos países ningún convenio de doble imposición. Ambos países pueden gravar el mismo caso de herencia, con posibilidades recíprocas de deducción según el derecho nacional.
¿A cuánto asciende el impuesto de sucesiones en las Balears para hijos y cónyuges?
Desde la Ley 11/2023, de 23 de noviembre de 2023, se aplica para cónyuges, hijos, hijos adoptivos, padres y abuelos una bonificación del 100 % del valor del caudal hereditario, siempre que se cumplan los requisitos.
¿Qué ocurre si no soy residente en España pero heredo allí un inmueble?
Se aplica la obligación fiscal limitada, y la declaración se realiza en principio conforme al derecho estatal en Madrid. Sin embargo, los no residentes tienen el derecho de opción de elegir en su lugar el derecho de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el inmueble.
¿Puedo deducir en Alemania el impuesto de sucesiones pagado en España?
Sí, según el art. 21 ErbStG, el impuesto pagado en España puede deducirse, previa solicitud, de forma proporcional del impuesto de sucesiones alemán, en la medida en que el patrimonio en el extranjero también sea gravado en Alemania.
¿Qué se aplica a hermanos o sobrinos como herederos en las Balears?
Para hermanos, así como tíos y sobrinos, se aplica una reducción del 50 % si no existen descendientes directos, o del 25 % si existen descendientes directos.
¿Qué derecho de sucesiones se aplica a un alemán con última residencia en Mallorca?
En principio, el Reglamento Europeo de Sucesiones (Bruselas IV) establece la residencia habitual del causante como determinante, por lo que se aplica el derecho de sucesiones español. Sin embargo, mediante testamento se puede realizar una elección de ley a favor del derecho alemán.
¿Se aplica también la exención fiscal balear a las donaciones en vida?
Sí, desde el 25 de julio de 2025 (Ley 6/2025), el impuesto de donaciones para familiares cercanos en las Balears está efectivamente suspendido, tanto para residentes como para no residentes.