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Testamento español: lo que residentes y propietarios de inmuebles deben saber en 2026

Tienes una propiedad en Mallorca, llevas años viviendo en la isla o estás planeando tu traslado definitivo allí, y el tema del testamento español figura en algún lugar de tu lista mental de pendientes, pero nunca termina de subir a los primeros puestos. Sin embargo, es una de las decisiones más trascendentes que puedes tomar en relación con tu patrimonio en España. Desde que el Reglamento Europeo de Sucesiones (EuErbVO, Reglamento 650/2012) entró en vigor el 17 de agosto de 2015, rige para las sucesiones transfronterizas el derecho del último lugar de residencia habitual del causante; quien fallezca como residente en Mallorca sin haber realizado una elección de ley verá su herencia tramitada conforme al derecho sucesorio español. En esta guía descubrirás cómo está estructurado el derecho sucesorio español, por qué otorgar un testamento español propio casi siempre tiene sentido, qué normas sobre la legítima limitan tu planificación y cómo se desarrolla el proceso hereditario paso a paso.

Testamento español: por qué necesitas uno (2026)

¿Estás planificando tu testamento para Mallorca y no sabes por dónde empezar?


El Reglamento Europeo de Sucesiones: el nuevo principio fundamental

Hasta agosto de 2015, en caso de fallecimiento de ciudadanos alemanes en España se aplicaba automáticamente el derecho alemán, independientemente del tiempo que llevaran residiendo en España. Eso es lo que cambió de forma radical el Reglamento Europeo de Sucesiones 650/2012 (denominado con frecuencia «Bruselas IV» o «EuErbVO»).

Para todos los casos de sucesión en los que el causante haya fallecido después del 17 de agosto de 2015, se aplica lo siguiente:

El derecho del Estado en el que el causante tenía su última residencia habitual rige la totalidad de la sucesión, incluidos los inmuebles situados en el extranjero.

Esto significa que quien fallezca como residente en Mallorca sin haber realizado una elección de ley verá su patrimonio mundial tramitado en principio conforme al derecho sucesorio español, y no según el derecho alemán, austriaco o suizo.

Excepciones importantes: Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido no participan en el Reglamento.

La elección de ley (professio iuris)

De conformidad con el Art. 22 EuErbVO, puedes elegir en tu testamento el derecho de tu Estado de nacionalidad. Así, una ciudadana alemana con domicilio en Mallorca puede establecer que el derecho alemán se aplique a la totalidad de su herencia.

Aspecto Sin elección de ley Con elección de ley (derecho alemán)
Derecho sucesorio aplicable Derecho sucesorio español Derecho sucesorio alemán
Legítima de los hijos 2/3 del caudal hereditario (legítima) 1/2 del caudal hereditario
Posición del cónyuge Usufructo (usufructo) Puede ser heredero universal
Libertad de testar Limitada Más amplio
Derecho procesal Procedimiento español Procedimiento español

Atención: La elección de ley se refiere a la totalidad de la herencia – una elección parcial de ley que afecte únicamente al patrimonio español o únicamente al alemán es, según la interpretación mayoritaria, inadmisible. Quien redacta dos testamentos separados (uno en Alemania, otro en España) y solo en uno de ellos realiza una elección de ley, arriesga una elección parcial de ley inadmisible. En tal caso, habrá que interpretar la voluntad real del testador — un supuesto clásico de conflicto.


Sin testamento, se aplica automáticamente la sucesión legal española (sucesión intestada) conforme al Código Civil español (Art. 657 y ss. CC). El orden de prelación difiere considerablemente de la normativa alemana — especialmente en lo que respecta a la posición del cónyuge:

Orden Herederos Particularidad
1. Hijos y descendientes Heredan a partes iguales; los nietos ocupan el lugar de los hijos premuertos
2. Padres y abuelos Solo en ausencia de descendientes
3. Cónyuge No hereda en plena propiedad, sino que obtiene un derecho de usufructo (usufructo) sobre una parte de la herencia
4. Hermanos, sobrinas, sobrinos Con carácter subsidiario
5. El Estado español Como heredero de último recurso

Un punto especialmente crítico: el cónyuge supérstite no obtiene la propiedad según la sucesión legal española, sino únicamente un derecho de usufructo (usufructo) sobre una parte de la herencia. En la práctica, esto puede significar que el cónyuge tenga derecho a seguir residiendo en el inmueble común, pero no pueda venderlo ni gravarlo sin el consentimiento de los herederos.


La legítima: el límite de tu libertad de testar

El derecho sucesorio español contempla estrictas normas sobre la legítima, que reservan dos tercios de la herencia en favor de los hijos:

Parte Denominación Regulación
1.º tercio Legítima estricta Debe repartirse a partes iguales entre todos los hijos
2.º tercio Mejora Puede destinarse preferentemente a uno o varios hijos
3.º tercio Libre disposición Tercio de libre disposición – puede heredarse a cualquier persona

Nota: En las Baleares rigen derechos forales propios (dret civil balear), que pueden diferir de las disposiciones generales del Código Civil. Las normas de legítima baleares tienen sus propias particularidades. Para decisiones concretas de planificación, es imprescindible el asesoramiento de un Abogado especializado en derecho sucesorio balear.

¿Qué significa esto en la práctica? Si tienes dos hijos y un patrimonio de 600.000 euros, a tus hijos les corresponden como mínimo 400.000 euros (dos tercios) en concepto de legítima, independientemente de lo que diga tu testamento. El tercio de libre disposición (200.000 euros) puedes repartirlo según tu propio criterio, por ejemplo a tu cónyuge, a amigos o con fines benéficos.

Las parejas de hecho no matrimoniales quedan excluidas de la sucesión legal española. Sin testamento, una pareja no casada no recibe nada: un argumento clásico para no aplazar el tema.


Por qué un testamento español propio es casi siempre recomendable

Aunque ya tengas un testamento alemán o ejerzas una elección de ley conforme al Art. 22 EuErbVO: El procedimiento de liquidación de la herencia para los bienes situados en España tiene lugar en España. Los notarios españoles, los registros de la propiedad y los bancos necesitan o bien un testamento español (testamento) o deben aceptar un documento extranjero mediante un complejo procedimiento de reconocimiento, que incluye apostilla, traducción jurada y, con frecuencia, meses de tramitación.

Un testamento español que afecte exclusivamente a los bienes situados en España es la solución limpia y eficiente. Permite:

  • Una tramitación más rápida ante el notario español y el registro de la propiedad
  • Una elección de ley inequívoca conforme al Art. 22 EuErbVO en el mismo documento
  • La designación directa de herederos para el inmueble español
  • Evitar largos ciclos de apostilla, traducción y reconocimiento

Nota: El testamento español debe coordinarse en su contenido con el testamento alemán (o austriaco/suizo) para evitar contradicciones y una elección de ley parcial inadmisible. Esta es una tarea típica para un Abogado con experiencia en derecho sucesorio transfronterizo.


Formas de testamento en España

El derecho español contempla varias formas de testamento. Para los propietarios internacionales, el testamento notarial es el estándar indiscutible:

Forma Español Particularidad
Testamento notarial (abierto) Testamento abierto Forma estándar; el notario lo autoriza y registra; recomendado para extranjeros
Testamento ológrafo Testamento ológrafo Escrito íntegramente a mano, fechado y firmado; debe ser reconocido judicialmente tras el fallecimiento
Testamento cerrado Testamento cerrado Poco frecuente; el contenido permanece secreto hasta el fallecimiento

El testamento es, conforme al Derecho español según el Art. 670 Abs. 1 CC, un acto personalísimo (acto personalísimo) – no es posible otorgarlo mediante representante.

Tras la autorización notarial, el testamento queda inscrito en el Registro Central de Actos de Última Voluntad (Registro Central de Actos de Última Voluntad) en Madrid. Solo así podrá ser localizado y ejecutado tras el fallecimiento.


Impuesto de sucesiones en las Baleares: qué pagan los herederos

El impuesto de sucesiones (Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ISyD) es un tributo autonómico. En las Baleares existe una regulación cada vez más favorable para los familiares directos. La carga fiscal concreta depende del grupo fiscal del heredero, del valor del caudal hereditario y de las reducciones aplicables.

Nota: Los tipos y reducciones del impuesto de sucesiones en las Baleares pueden modificarse y deben consultarse siempre de forma actualizada con el asesor fiscal competente o con la autoridad tributaria balear (ATIB) para cualquier planificación concreta.

Grupo fiscal Relación con el causante Tendencia (Baleares)
Grupo I Hijos menores de 21 años Reducciones incrementadas
Grupo II Cónyuge, hijos mayores de 21 años, padres Condiciones favorables
Grupo III Hermanos, sobrinos, suegros Mayor carga fiscal
Grupo IV Demás herederos, personas sin vínculo familiar Carga fiscal máxima

Para el pago del impuesto de sucesiones rige en España un Plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Este plazo puede prorrogarse otros seis meses bajo determinadas condiciones, si bien la solicitud debe presentarse dentro de los primeros cinco meses.

Atención: Si se incumple el plazo de seis meses, pueden devengarse intereses y recargos. En la práctica, esta es una de las trampas más habituales y costosas para los herederos en el extranjero.


El proceso sucesorio en Mallorca: paso a paso

Tras el fallecimiento de un propietario de un inmueble en Mallorca, el proceso sucesorio se desarrolla habitualmente de la siguiente manera:

Infografía: 9 pasos del proceso sucesorio en Mallorca — desde el certificado de defunción hasta la transferencia de cuentas bancarias, con el plazo de 6 meses para el impuesto de sucesiones ante el ATIB
  1. Obtener el certificado de defunción – Expedido por el Registro Civil español (Registro Civil), con apostilla si el fallecimiento se produjo en el extranjero
  2. Consultar el registro central de últimas voluntades – Solicitud al Registro Central de Actos de Última Voluntad en Madrid para comprobar si existe testamento español (sujeto a tasas, generalmente unos pocos euros)
  3. Apertura del testamento / obtención del título sucesorio – Apertura notarial del testamento o, en caso de sucesión intestada: declaración de herederos ante notario o juzgado
  4. NIE de los herederos – Todos los herederos necesitan un número de identificación español (NIE) a efectos fiscales y registrales
  5. Calcular y declarar el impuesto de sucesiones – Declaración tributaria ante el ATIB (Baleares) en un plazo de 6 meses
  6. Escritura de aceptación de herencia – Escritura notarial de aceptación de herencia ante notario español
  7. Cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad – Inscripción de los nuevos propietarios en el Registro de la Propiedad
  8. Plusvalía municipal – Impuesto municipal sobre el incremento de valor del inmueble (a abonar en el ayuntamiento correspondiente)
  9. Transferencia de cuentas bancarias – Los herederos se acreditan ante el banco español

Ganancias patrimoniales en la venta por parte de los herederos

Si los herederos venden posteriormente el inmueble heredado, en España se genera impuesto sobre las ganancias patrimoniales (Impuesto sobre la Renta de no Residentes para no residentes o IRPF para residentes). El cálculo se basa en la diferencia entre el valor en el momento de la herencia (valor de adquisición a efectos fiscales) y el precio de venta. La forma en que se determina el valor de adquisición influye considerablemente en la carga fiscal futura, lo que constituye un argumento más a favor de una planificación sucesoria cuidadosa y una valoración precisa del inmueble en la liquidación del impuesto de sucesiones.

Quien, siendo no residente, hereda y vende un inmueble español debería familiarizarse además con el impuesto sobre la renta de no residentes en España, ya que las normas difieren considerablemente según el estatus fiscal.


Errores más frecuentes en la planificación sucesoria en Mallorca

Infografía: 6 errores frecuentes en la planificación sucesoria en Mallorca — ausencia de elección de ley, incumplimiento del plazo de 6 meses, falta de NIE y pareja de hecho no contemplada
Error Consecuencia
No se ha otorgado testamento español Largo proceso de apostilla/traducción; la sucesión legal puede aplicarse de forma no deseada
No se ha realizado elección de ley El derecho sucesorio español se aplica automáticamente a toda la herencia
Intento de elección parcial de ley (solo para bienes en España) Elección de ley inválida; conflicto de interpretación
Plazo de seis meses para el impuesto de sucesiones vencido Intereses, recargos
Los herederos no disponen de NIE Retrasos ante el notario, el registro de la propiedad y el banco
Solo testamento alemán sin coordinación Contradicciones entre el documento alemán y el español
La pareja no matrimonial no está contemplada en el testamento La pareja queda excluida en la sucesión legal
Cambio de titularidad en el registro de la propiedad olvidado o pospuesto Incapacidad para actuar en una venta posterior

¿Qué viene después? Pasos fiscales posteriores para residentes

Un testamento español es solo un componente de una planificación sucesoria completa. Quienes viven en Mallorca y tienen patrimonio allí también deberían tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Modelo 720: Los residentes deben declarar el patrimonio en el extranjero que supere determinados umbrales — esto también afecta a los herederos que adquieren bienes en el extranjero tras un fallecimiento → Obligación de declaración Modelo 720
  • IRPF: Como residente, los herederos tributan los ingresos por alquiler del inmueble heredado a través del impuesto sobre la renta español → Impuestos como residente
  • Residencia: Quien tenga su residencia habitual en Mallorca debería estar también oficialmente empadronado como residente — esto influye directamente en el derecho sucesorio aplicable → Residencia España
  • Pensión alemana: Cómo se tributa en España la pensión procedente de Alemania es un tema aparte → Tributar la pensión en España

Lista de verificación: testamento español y planificación sucesoria

  • NIE disponible (el propio y, en su caso, el de los herederos previstos)
  • Testamento alemán actualizado y coordinado con el abogado
  • Testamento español otorgado ante notario (se recomienda testamento abierto)
  • Elección de ley conforme al art. 22 EuErbVO revisada y, en su caso, declarada en el testamento
  • Coherencia entre el testamento alemán y el español garantizada (sin elección parcial de ley inadmisible)
  • Testamento registrado en el Registro Central de Últimas Voluntades de Madrid
  • Herederos informados sobre dónde se custodian el testamento y los documentos
  • Franquicias y clases impositivas del impuesto de sucesiones balear comentadas con un asesor fiscal
  • Poder preventivo (poder notarial) para el caso de incapacidad legal otorgado
  • Nota simple del inmueble español actualizada

Conclusión: Actuar ahora cuesta poco, esperar cuesta mucho

Otorgar un testamento notarial en Mallorca no es un gran obstáculo — con un abogado de habla alemana y un notario español suele estar listo en pocas semanas. La alternativa — ningún testamento, ninguna elección de ley, ninguna preparación — puede ocasionar a los herederos procedimientos de varios meses, pagos de impuestos imprevistos y, en el peor de los casos, auténticos conflictos por el inmueble. El plazo de seis meses para el impuesto de sucesiones empieza a correr desde el día del fallecimiento, con independencia de que los herederos en el extranjero estén al tanto de todo o no. Quien vive, quiere o invierte en Mallorca hace bien en abordar este asunto de una vez con claridad — y dejarlo zanjado.

Fuentes oficiales

¿Necesito un testamento español si ya tengo uno alemán?
Un testamento alemán puede utilizarse para inmuebles situados en España, pero requiere un laborioso procedimiento de apostilla, traducción y reconocimiento en España, que con frecuencia puede prolongarse varios meses. Un testamento español propio para los activos situados en España agiliza considerablemente la tramitación y debe coordinarse en cuanto a su contenido con el testamento alemán.
¿Qué ocurre si no elijo ley aplicable y fallezco como residente en Mallorca?
Sin elección de ley, según el Art. 21 EuErbVO se aplica el derecho del último lugar de residencia habitual, es decir, el derecho sucesorio español. Esto implica, entre otras cosas, que dos tercios del caudal hereditario quedan reservados como legítima para los hijos y que el cónyuge solo obtiene un derecho de usufructo.
¿Puedo proteger a mi pareja no matrimonial?
Según la sucesión legal española, una pareja no casada no recibe nada. Solo puedes beneficiarla mediante testamento, aunque limitado por los derechos de legítima de los hijos (legítima). Como máximo, el tercio de libre disposición del caudal hereditario queda a libre disposición.
¿Qué plazo rige para el impuesto de sucesiones en las Baleares?
El plazo es de seis meses a partir de la fecha de fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga de otros seis meses, pero debe solicitarse dentro de los primeros cinco meses. El incumplimiento de los plazos conlleva intereses y recargos.
¿Qué es el Registro Central de Testamentos en España?
El Registro Central de Actos de Última Voluntad de Madrid recoge todos los testamentos otorgados ante notario en España. Tras el fallecimiento, debe consultarse si existe un testamento español. El registro se realiza automáticamente tras la autorización notarial.
¿Se aplica el Reglamento Europeo de Sucesiones también a mí como ciudadano suizo o austriaco?
Sí, la EuErbVO se aplica a todos los casos sucesorios con elemento transfronterizo dentro de la UE, con independencia de la nacionalidad. También los ciudadanos suizos o austriacos con residencia habitual en Mallorca quedan sujetos al Reglamento. Como ciudadano suizo, la elección de ley puede recaer sobre el derecho suizo, dado que la elección se basa en la nacionalidad.
¿Cuánto cuesta un testamento español ante notario?
La información disponible no ofrece cifras concretas al respecto. Los honorarios notariales están regulados por ley en España y dependen de la extensión del documento. En la práctica, un testamento español sencillo es una protección relativamente económica; los importes concretos puedes consultarlos directamente con el notario o un abogado local.
¿Necesitan mis herederos un número NIE?
Sí. Todos los herederos que vayan a adquirir activos situados en España necesitan un número NIE español para la declaración fiscal, la aceptación notarial de la herencia y la inscripción en el Registro de la Propiedad. La solicitud del NIE a través de una embajada o consulado español en el extranjero es posible, pero lleva tiempo, lo que constituye un argumento más para gestionarlo con antelación.