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Regla 90/180 días España: cuánto tiempo pueden quedarse los británicos en Mallorca

Desde el Brexit, los ciudadanos británicos en Mallorca —y en todo el espacio Schengen— están sujetos a las mismas normas que cualquier otro nacional de un tercer país: un máximo de 90 días dentro de un período móvil de 180 días, sin necesidad de visado. Parece sencillo, pero en la práctica es una de las trampas más frecuentes para los británicos que desean usar su casa en Mallorca más de tres meses al año o que quieren trasladarse definitivamente a la isla. En esta guía encontrarás cómo funciona exactamente la regla 90/180 días España, cómo se realiza el cálculo, qué cambia con el nuevo sistema de entrada a la UE EES a partir de abril de 2026, qué consecuencias tiene superarla —y qué vías existen para salir de la trampa turística.

Regla 90/180 días España: británicos en Mallorca 2026

¿Planeas pasar más de 90 días en Mallorca o quieres instalarte aquí de forma permanente?


Por qué la norma es nueva para los británicos desde el Brexit

Antes del 1 de enero de 2021, los ciudadanos británicos podían vivir, trabajar y tributar en España sin restricciones como ciudadanos de la UE. Con la salida de la Unión Europea, ese derecho desapareció. Desde entonces, los británicos son tratados desde el punto de vista del derecho de residencia como nacionales de cualquier otro tercer país —al igual que estadounidenses, canadienses o australianos.

Esto significa en la práctica: el Reino Unido no es miembro del espacio Schengen, y los pasaportes británicos solo dan derecho a una estancia de corta duración sin visado. Quien desee pasar más de tres meses al año en su casa de vacaciones en Mallorca, o mudarse definitivamente a la isla tras jubilarse, debe moverse en un terreno jurídico completamente nuevo. La regla 90/180 días España es el primer punto de referencia.

Atención: Muchos británicos que ya estaban empadronados en Mallorca antes del Brexit y poseen la Residencia no están afectados por esta restricción — su condición de residentes se mantiene por lo general, siempre que no haya sido renunciada voluntariamente o perdida.


La regla 90/180 días explicada con detalle

La norma se basa en el Acuerdo de Schengen y está codificada en el Reglamento UE 610/2013. En España aparece recogida en el artículo 30 de la Ley 4/2000 (Ley de Extranjería).

La norma fundamental establece:

Las estancias en el espacio Schengen no podrán superar 90 días dentro de cualquier período de 180 días.

El punto clave: no se trata de un año natural fijo ni de un semestre que empiece el 1 de enero o el 1 de julio. En cambio, el cálculo se realiza hacia atrás.

Cómo funciona el cálculo retrospectivo

Desde 2013 rige el denominado cálculo retrospectivo. Esto significa que cada día que te encuentres en el espacio Schengen se comprueba cuántos días has pasado ya en el espacio Schengen durante los 180 días anteriores. Ese número no puede superar 90 en ningún día.

Tanto el día de entrada como el día de salida se cuentan como días de estancia completos.

Ejemplo práctico:

Período Estancia en Mallorca Días consumidos
1 de enero – 31 de marzo 90 días 90 de 90
1 de abril (entrada) Infracción inmediata Cupo agotado
29 de junio (tras 90 días de pausa) Nueva entrada posible 0 de 90

El ejemplo lo ilustra claramente: quien entra el 1. Januar y permanece 90 días de forma ininterrumpida, no podrá volver a entrar hasta que el día consumido más antiguo (1. Januar) haya salido de la ventana de 180 días, es decir, como muy pronto a finales de junio.

Nota: El Auswärtige Amt ofrece una calculadora de estancia Schengen gratuita para descargar, con la que puedes comprobar de antemano tus planes de viaje.


¿Cuál es la diferencia con la regla de los 183 días?

Aquí existe con frecuencia riesgo de confusión. Ambas reglas afectan a las estancias en España, pero regulan cuestiones completamente distintas:

Regla Marco temporal Materia ¿A quién afecta?
Regla 90/180 días 180 días móviles Derecho de residencia (entrada, visado) Todos los nacionales de terceros países, incluidos los británicos
Regla de los 183 días Año natural Residencia fiscal (IRPF) Cualquier persona con vínculos con España

La regla de los 183 días (regulada en el Art. 9 LIRPF) establece que quien permanezca en España más de 183 días en un año natural se considera residente fiscal y debe tributar por su renta mundial en España. En este cómputo pueden tenerse en cuenta, en determinadas circunstancias, las ausencias temporales. La Agencia Tributaria española (AEAT) también analiza si el centro de intereses económicos se encuentra en España.

Atención: Teóricamente es posible respetar el límite de 90 días en materia de derecho de residencia y, aun así, ser considerado residente fiscal, concretamente cuando otros criterios (centro de intereses vitales, domicilio familiar) apuntan a España. Consúltalo con un asesor fiscal.

Encontrarás más información en nuestra guía sobre Impuestos y finanzas y, en particular, sobre el Impuesto sobre la renta de no residentes en España.


Novedades a partir de 2026: el sistema de entrada EES y ETIAS

Dos nuevos sistemas europeos cambiarán a partir de 2026 la forma en que se controla en la práctica la regla 90/180 días, haciendo que las infracciones sean mucho más difíciles de ocultar.

EES – Entry/Exit System (implantado el 9. April 2026)

El sistema europeo de entrada y salida (EES) se implantó el 9. April 2026. Es aplicable a todos los nacionales no pertenecientes a la UE —incluidos los británicos— al cruzar todas las fronteras exteriores Schengen.

Característica Detalles
Fecha de implantación 9. April 2026
¿Qué se registra? Datos biométricos (huellas dactilares, imagen facial)
¿Dónde? En todas las fronteras exteriores Schengen
Finalidad Registro automático de entradas y salidas
¿A quién afecta? A todos los nacionales de terceros países, incluidos los británicos
¿Ciudadanos de la UE? No, no están afectados

El EES sustituye el sellado manual de pasaportes por un registro digital en tiempo real de cada entrada y salida. De este modo, el contingente consumido se registra de forma automática y sin lagunas, también en caso de salidas y entradas cortas repetidas.

ETIAS – European Travel Information and Authorisation System

ETIAS es una autorización de viaje para nacionales de terceros países exentos de visado (similar al ESTA estadounidense). Para los británicos, ETIAS está previsto, según la situación actual, para el 4. Quartal 2026 . Solo entonces será obligatorio. Hasta entonces, el pasaporte británico vigente es suficiente para entrar sin visado.

Nota: ETIAS no es una obligación de visado y no sustituye la restricción de 90 días. Se trata de una verificación de seguridad previa que se solicita en línea y cuya validez debe ser de varios años.


Requisitos del pasaporte para los británicos en 2026

Requisito Detalles
Validez mínima restante 3 meses más allá de la fecha de salida prevista del espacio Schengen
Fecha de expedición En los últimos 10 años
Registro biométrico (EES) Obligatorio en la frontera a partir del 9. April 2026
Sello en el pasaporte Desaparece con la implantación del EES, se registra digitalmente

Atención: Un pasaporte caducado o con validez insuficiente puede dar lugar a la denegación de entrada, independientemente de un contingente de 90 días aún no agotado.


¿Qué ocurre si superas los 90 días?

Superar el límite de 90 días no es una infracción menor. Las siguientes consecuencias son posibles:

  • Multas si las autoridades lo detectan
  • Posible prohibición de entrada en el espacio Schengen
  • Salida forzosa, si la infracción se detecta al cruzar la frontera
  • Investigaciones fiscales, cuando la estancia se aproxima al límite de los 183 días

Con la introducción del EES el 9 de abril de 2026, los excesos se registrarán de forma considerablemente más fiable que hasta ahora — el sellado manual de pasaportes, que permitía lagunas, desaparece.

Aviso: Según investigaciones, España ya había comenzado a controlar activamente las estancias en el espacio Schengen de ciudadanos británicos antes de la introducción del EES.


¿Se puede eludir la norma saliendo brevemente del país?

No. Es uno de los errores más frecuentes. El plazo de 90 días se aplica a un período rotativo de 180 días, independientemente de cuántas veces abandones la isla o el espacio Schengen y vuelvas a entrar. Un viaje de fin de semana a Marruecos o una escapada corta a Londres no reinicia el contador.

La única posibilidad legítima de permanecer en Mallorca de forma permanente o más de 90 días en 180 días es disponer de un estatus de residencia legal — es decir, un visado o una Residencia.


Salidas a la trampa de los 90 días: tus opciones para estancias más largas

Quienes deseen pasar más de 90 días en 180 días en Mallorca disponen de varias opciones legales. La adecuada depende de tu situación personal.

Comparativa de las cuatro opciones legales de residencia para británicos en Mallorca: Residencia, visado no lucrativo, Golden Visa y visado para nómadas digitales, con perfil de destinatario y características destacadas
Opción ¿Para quién es adecuada? Particularidades
Residencia (permiso de residencia) Todos los que quieran vivir permanentemente en España Obligatoria a partir de los 90 días; se requiere acreditar medios económicos, seguro médico y domicilio
Non-lucrative Visa (visado sin actividad lucrativa) Jubilados y personas con patrimonio que no trabajan en España Debe solicitarse antes de la entrada; se requiere justificante de ingresos
Golden Visa (visado de inversor) Compradores de inmuebles con una inversión suficientemente elevada Residencia no obligatoria; derecho de residencia para la familia
Digital Nomad Visa Trabajadores en remoto / autónomos Posible en España desde 2023; se requiere justificante de ingresos
Autonomo (trabajo por cuenta propia) Quienes deseen trabajar y vivir en España Alta como autónomo; obligación fiscal en España

Aviso: Quien solicita la Residencia debe comparecer en persona, por lo general, ante la Oficina de Extranjería competente. Los documentos necesarios son habitualmente: pasaporte en vigor, justificante de medios económicos suficientes, justificante de seguro médico y justificante de domicilio.

Encontrarás información detallada en nuestra guía sobre la Residencia España.


La Residencia: la vía habitual para los británicos en Mallorca

Para la mayoría de los británicos que desean vivir permanentemente en Mallorca, la Residencia es el paso decisivo. Elimina definitivamente el límite de los 90 días y es la base para todos los trámites administrativos posteriores — desde el alta en el padrón hasta el carné de conducir.

Documentos que generalmente se necesitan:

  1. Pasaporte en vigor (original + copia)
  2. Justificante de medios económicos suficientes (p. ej., extractos bancarios, resolución de pensión)
  3. Justificante de seguro médico (privado o mediante formulario S1)
  4. Justificante de domicilio (contrato de alquiler, contrato de compraventa o certificado de empadronamiento)
  5. Formularios de solicitud cumplimentados (según la categoría de residencia)

Tras la residencia suelen seguir: Empadronamiento (registro municipal de habitantes), NIE (en caso de no disponer aún de él) y la decisión sobre el seguro médico — ya sea mediante el formulario S1 o una póliza privada.


Consecuencias fiscales: lo que debes saber como no residente

Aunque permanezcas dentro del límite de 90 días y no solicites la residencia, fiscalmente no eres invisible. Como no residente propietario de un inmueble en España, estás obligado en principio al pago del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) — con independencia de si alquilas el inmueble o únicamente lo utilizas para uso propio.

Más información en nuestra guía sobre el impuesto de no residentes en España.

Quien, en cambio, solicita la residencia y permanece más de 183 días al año en España es tratado fiscalmente como residente y debe declarar su renta mundial en España (IRPF). Más detalles en la guía Impuestos como residente.


Los errores más frecuentes de los británicos con la regla de los 90/180 días

  1. Modelo de cálculo incorrecto: Muchos parten de un semestre fijo (p. ej., enero–junio) en lugar del cálculo rodante de 180 días. Esto provoca que el cupo se agote antes de lo previsto.

    Los seis errores más frecuentes de los británicos con la regla 90/180 días en España, presentados como tarjetas de advertencia, entre ellos la norma fundamental: máximo 90 días en 180 días, el día de entrada y el de salida cuentan como días completos
  2. Malinterpretar las salidas breves como reinicio: Un fin de semana en Gibraltar o Marruecos no pone el contador a cero.

  3. Subestimar el EES: Desde abril de 2026 las entradas y salidas se registran automáticamente de forma digital. Ya no existen lagunas en el antiguo sistema de sellos.

  4. No comprobar la validez del pasaporte: Tres meses de validez restante más allá de la fecha de salida — no de la fecha de entrada.

  5. Confundir la regla de los 90 días con la de los 183 días: El derecho de residencia y el derecho fiscal siguen normas y períodos de tiempo distintos.

  6. Iniciar el trámite de residencia demasiado tarde: La solicitud puede tardar varias semanas. Quien empieza el día 88 llega tarde.

  7. Olvidarse del seguro médico: Sin un justificante ininterrumpido de seguro médico, la residencia no suele concederse. Más información: Seguro médico en España.


¿Qué viene después? Tu camino hacia la residencia

Si has tomado la decisión de vivir de forma permanente en Mallorca, tras la residencia viene toda una serie de pasos adicionales. A continuación, un resumen:

Paso Tema Guía
1 Solicitar la residencia Residencia España
2 Registro municipal Empadronamiento Mallorca
3 Cambio de domicilio fiscal Impuestos como residente
4 Seguro médico Seguro médico España
5 Canjear el permiso de conducir Canjear el permiso de conducir en España
6 Matricular el coche Matricular el coche en España
7 Declarar patrimonio en el extranjero Modelo 720

Lista de comprobación: la regla de los 90/180 días en España bajo control

  • Validez del pasaporte comprobada (mín. 3 meses más allá de la fecha de salida prevista, expedido en los últimos 10 años)
  • Días de estancia de los últimos 180 días en el conjunto del espacio Schengen documentados
  • Calculadora Schengen del Ministerio de Asuntos Exteriores utilizada para el próximo viaje
  • Diferencia entre la regla de los 90 días (derecho de estancia) y la regla de los 183 días (fiscalidad) comprendida
  • Obligación del EES a partir del 9 de abril de 2026 conocida; registro biométrico previsto para el próximo cruce de frontera
  • Introducción del ETIAS en el Q4 de 2026 en el radar
  • En caso de estancia larga prevista: opciones de residencia valoradas
  • Justificante de seguro médico disponible
  • Situación fiscal (impuesto para no residentes en caso de propiedad inmobiliaria) aclarada
  • En caso de dudas: contactar con una gestoría o un abogado (Gestoría España)

Conclusión

La regla de los 90/180 días en España es, para los británicos tras el Brexit, el límite fundamental en materia de derecho de estancia, y desde la introducción del EES el 9 de abril de 2026 se controla de forma más rigurosa que nunca. Quienes utilicen Mallorca únicamente como destino vacacional y estén pendientes de los 90 días tienen poco que temer. Sin embargo, quienes deseen pasar más tiempo en la isla —como jubilados, teletrabajadores, inversores o simplemente por amor al lugar— necesitan un estatus de residencia legal. La residencia es, para la mayoría, la vía más directa. Lo decisivo es actuar con tiempo: los trámites administrativos requieren tiempo, y solicitar todo a última hora no es una buena estrategia.

Fuentes oficiales

  • Código de fronteras Schengen / Reglamento UE 610/2013 (base del cálculo de los 90/180 días): eur-lex.europa.eu
  • Ley Orgánica 4/2000 de extranjería, artículo 30 – duración de la estancia: boe.es
  • Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), Artículo 9 – Residencia fiscal: agenciatributaria.es
  • Ministerio de Asuntos Exteriores alemán – Cálculo del período de estancia con visado Schengen (90/180) incl. calculadora de estancia: auswaertiges-amt.de
  • Embajada alemana en Londres – Ciudadanos británicos en el espacio Schengen: uk.diplo.de
  • EES – Sistema de Entradas y Salidas de la UE (implantado el 9. April 2026): ec.europa.eu/home-affairs
  • ETIAS – Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes: ec.europa.eu/home-affairs
  • ATIB – Agència Tributària de les Illes Balears (impuestos Balearen): atib.es
  • Oficina de Extranjería Palma de Mallorca (solicitud de Residencia): extranjeria.gob.es
¿Puedo entrar en Mallorca sin visado como ciudadano británico después del Brexit?
Sí. Los ciudadanos británicos pueden entrar en el espacio Schengen sin visado y permanecer en él hasta 90 días dentro de un período móvil de 180 días. Para estancias que superen este límite se requiere un permiso de residencia (p. ej., Residencia) o un visado.
¿Una breve escapada a Marruecos o Gibraltar restablece mis 90 días?
No. El plazo se aplica al período móvil total de 180 días, independientemente de cuántas veces salgas del espacio Schengen y vuelvas a entrar. Las salidas breves no ponen el contador a cero.
¿Qué cambia el EES a partir de abril de 2026 para los británicos en Mallorca?
El Entry/Exit System (EES), introducido el 9 de abril de 2026, registra de forma digital y biométrica todas las entradas y salidas de los nacionales de terceros países —incluidos los británicos— en todas las fronteras exteriores Schengen. De este modo, las superaciones del límite de 90 días quedan registradas automáticamente.
¿Qué es ETIAS y debo solicitarlo para viajar a Mallorca?
ETIAS es una autorización electrónica de viaje para nacionales de terceros países exentos de visado, comparable al ESTA estadounidense. Para los ciudadanos británicos, la obligación está prevista, según el estado actual, para el 4.º trimestre de 2026. Hasta su entrada en vigor, basta con el pasaporte británico en vigor.
¿Qué consecuencias tiene superar el límite de 90 días?
Las posibles consecuencias son multas, una prohibición de entrada en el espacio Schengen y la salida forzosa en el siguiente paso fronterizo. Con el sistema EES, las superaciones son significativamente más fáciles de detectar desde abril de 2026.
¿Cuál es la diferencia entre la regla de los 90 días y la regla de los 183 días?
La regla de los 90/180 días afecta al derecho de estancia, es decir, cuánto tiempo puedes entrar sin visado. La regla de los 183 días es un límite de carácter fiscal: quien permanezca en España más de 183 días en un año natural se considera residente fiscal y debe tributar en España por su renta mundial.
¿Cuánto tiempo debe tener de validez mi pasaporte británico para entrar en España?
Tu pasaporte debe tener una validez de al menos 3 meses más allá de la fecha prevista de salida del espacio Schengen y no puede tener más de 10 años de antigüedad.
Tengo una propiedad en Mallorca, pero no soy residente: ¿tengo que pagar impuestos?
Sí. Los no residentes con propiedades inmobiliarias en España están obligados en principio al pago del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR), independientemente de si el inmueble se alquila o se destina únicamente al uso propio.