Modelo 720: declarar bienes en el extranjero superiores a 50.000 € en España
El Modelo 720 es para muchos germanoparlantes en Mallorca y en toda España una de las obligaciones más sorprendentes al emigrar: quien tiene residencia fiscal en España y posee en el extranjero cuentas bancarias, valores o inmuebles por un valor superior a 50.000 euros por categoría, debe declararlos anualmente ante la Agencia Tributaria — concretamente antes del 31 de marzo correspondiente al año anterior. Desde la sentencia del TJUE de enero de 2022 y la reforma posterior mediante la Ley 5/2022, las sanciones que antes podían resultar devastadoras se han suavizado, aunque la obligación de declaración sigue plenamente en vigor. En esta guía aprenderás: quiénes están exactamente obligados, qué activos pertenecen a cada categoría, cómo funcionan la primera declaración y los años siguientes, qué sanciones pueden imponerse hoy en concreto — y cuáles son los errores más frecuentes.
¿Acabas de llegar a Mallorca y no tienes claro si tu patrimonio está sujeto a declaración?
El Modelo 720 es una declaración anual de carácter meramente informativo sobre activos que los residentes fiscales en España mantienen fuera del país. No genera ningún pago directo de impuestos ni da lugar a devolución alguna. Sin embargo, la Agencia Tributaria utiliza los datos declarados para comprobar si los rendimientos derivados de dichos activos están correctamente recogidos en la declaración de la renta (Modelo 100 / IRPF) y, en su caso, en el impuesto sobre el patrimonio (Modelo 714).
El formulario se introdujo en 2012 con el objetivo declarado de combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Para los recién llegados procedentes de Alemania, Austria o Suiza esto significa en la práctica: quien se traslada a Mallorca y conserva una cuenta de ahorro, una cartera de valores o una vivienda vacacional en su país de origen debe declararlo en España — con independencia de si ya ha tributado por esos activos en Alemania.
Nota: El Modelo 720 no sustituye a ninguna otra declaración fiscal. Únicamente informa a Hacienda de qué tienes en el extranjero.
¿Quién está obligado a declarar?
La obligación afecta a todas las personas que sean residentes fiscales en España. Estas son:
Personas físicas que permanezcan más de 183 días por año natural en España
Personas cuyo centro de intereses económicos (principal fuente de ingresos, familia) se encuentre en España — aunque estén físicamente presentes menos de 183 días
Personas jurídicas (sociedades de responsabilidad limitada, asociaciones, fundaciones) con domicilio fiscal en España
Establecimientos permanentes de empresas extranjeras en España
Comunidades hereditarias, comunidades en régimen de copropiedad y construcciones jurídicas análogas conforme al Art. 35.4 de la Ley General Tributaria española
Atención: La residencia fiscal y el empadronamiento o la residencia administrativa son dos cosas distintas. Puedes ser residente fiscal sin estar formalmente empadronado — por ejemplo, si tu familia vive en Mallorca pero tú resides principalmente en Alemania por motivos laborales. En este caso se recomienda encarecidamente obtener asesoramiento especializado.
Las tres categorías: ¿qué debe declararse exactamente?
El umbral de 50.000 euros se aplica por categoría, no como suma total. Así, puedes superar el límite en una categoría sin que ello afecte a las demás.
Categoría
Denominación
Ejemplos típicos
C1
Cuentas bancarias en el extranjero
Cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de dinero a la vista, depósitos a plazo fijo, incluidas las cuentas conjuntas
C2
Valores, derechos, seguros, rentas
Acciones, fondos, ETFs, bonos, seguros de vida, planes de pensiones de empresa y privados, criptomonedas en exchanges extranjeros (desde 2023)
C3
Inmuebles en el extranjero
Pisos en propiedad, casas, terrenos, incluidos los heredados o poseídos parcialmente
Qué se declara concretamente en las cuentas
Para las cuentas bancarias (C1), además del saldo a 31 de diciembre, deben indicarse el saldo medio del último trimestre, la fecha exacta de apertura, así como el nombre y domicilio de la entidad de crédito. No solo están obligados a declarar los titulares de la cuenta, sino también los apoderados y los beneficiarios reales.
Particularidad de las criptomonedas
A partir del ejercicio fiscal 2023, las criptomonedas mantenidas en plataformas de negociación extranjeras (p. ej. Binance, Coinbase, Kraken) deben declararse en la categoría C2, siempre que el valor a fecha de referencia 31 de diciembre supere el umbral de 50.000 €. Los monederos de criptomonedas en dispositivos propios (non-custodial) están sujetos a una obligación de declaración propia (Modelo 721).
Derechos de pensión alemanes y jubilaciones
Las pensiones de la Seguridad Social alemana y los planes de pensiones de empresa están incluidos en principio en la categoría C2. Si y cuándo el valor actual supera el umbral depende de los cálculos actuariales concretos, y es uno de los puntos más complejos: aquí se recomienda un cálculo profesional por parte de un asesor fiscal. Los productos de pensiones de aportación definida (en inglés: defined contribution) se consideran generalmente sujetos a declaración, mientras que los de prestación definida (defined benefit) solo lo estarían, según la opinión mayoritaria, en el momento del cobro de la prestación.
Fecha de referencia y valor determinante
Siempre es determinante el patrimonio a 31 de diciembre del año de declaración. Para la presentación de 2026, por tanto: tu patrimonio en el extranjero a 31 de diciembre de 2025.
Atención: También una superación puntual del umbral puede ser relevante. Quien vende su propiedad inmobiliaria en el extranjero, por ejemplo a principios de diciembre, y tiene el importe obtenido depositado en una cuenta extranjera a 31 de diciembre, puede superar con ello el límite de 50.000 € y estaría obligado a declarar ese año.
En las cuentas bancarias (C1) se solicita adicionalmente el saldo medio del último trimestre (octubre–diciembre), no solo el valor a fin de año.
Plazos y presentación: así funciona la tramitación
Paso
Plazo / Detalles
Primer período de presentación
1 de enero al 31 de marzo (para el año anterior)
Plazo absoluto 2026
31 de marzo de 2026 (para el ejercicio fiscal 2025)
Incidencia técnica
Hasta 4 días naturales después del vencimiento del plazo
Vía de presentación
Exclusivamente de forma electrónica a través de la Agencia Tributaria
Presentación en papel
No es posible
Obligación de conservar justificantes
Mínimo 5 años
La presentación se realiza exclusivamente a través del portal en línea de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es). Para ello necesitas un certificado digital, Cl@ve PIN o un asesor fiscal con poderes notariales. La presentación en papel está legalmente excluida.
Aviso: El plazo de presentación no puede ampliarse. Finaliza de forma inamovible el 31 de marzo. La única excepción es un fallo técnico del sistema de la AEAT, que permite un máximo de 4 días naturales adicionales.
Primera declaración frente a años sucesivos: ¿cuándo debes volver a declarar?
Muchos residentes se alivian al saber que, tras la primera declaración, no es obligatorio presentar un nuevo Modelo 720 cada año. La regla es:
Situación
¿Obligación de volver a declarar?
El valor de una categoría ha aumentado en más de 20.000 €
Sí
Categoría superada por primera vez
Sí
Venta / abandono de un activo previamente declarado
Sí (para darlo de baja)
Valor sin cambios o incremento inferior a 20.000 €
Sin obligación
Valor reducido (sin descender por debajo del umbral)
Sin obligación
El umbral de 20.000 euros de variación se aplica por categoría. Quien, por ejemplo, haya incrementado un depósito alemán de 60.000 a 75.000 euros (más 15.000 €) no está obligado a volver a declarar al año siguiente. Si el incremento supera los 20.000 euros, se declara de nuevo la categoría completa.
Sanciones: ¿qué rige desde la reforma del TJUE?
En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-788/19) resolvió que el régimen sancionador original de España era desproporcionado e incompatible con el Derecho de la UE. Anteriormente podían imponerse sanciones de 5.000 euros por cada elemento no declarado individualmente con un importe mínimo de 10.000 euros, y los activos no declarados se trataban como rentas no justificadas y se gravaban con hasta el 150 %. Esta regulación fue eliminada por la Ley 5/2022.
Lo que rige hoy:
Infracción
Sanción
Presentación fuera de plazo (tras requerimiento de Hacienda)
Desde 300 € por categoría, puede alcanzar aproximadamente 20.000 € por categoría
Datos erróneos o incompletos
Mínimo 300 €, en función de la gravedad y el número de errores
No presentación (detectada, sin requerimiento previo)
Desde 5.000 € por registro — pero con nuevos límites de proporcionalidad
Autocorrección voluntaria tardía (antes del anuncio de inspección)
Posibles recargos considerablemente reducidos
Atención: Aunque las sanciones son considerablemente más moderadas que antes de 2022, la reforma no protege frente al riesgo de que Hacienda reclame rendimientos extranjeros no declarados en el IRPF o en el impuesto sobre el patrimonio, incluidos intereses y recargos. La obligación de declaración sigue plenamente en vigor.
Paso a paso: cómo presentar el Modelo 720
Aclarar la residencia fiscal: ¿Eres realmente residente fiscal en España? Comprueba la regla de los 183 días y el centro de intereses vitales.
Inventario de patrimonio en el extranjero: Elabora una lista completa de todas las cuentas, depósitos, inmuebles y demás derechos fuera de España a 31 de diciembre.
Clasificación por categorías: Asigna cada bien o derecho a una de las tres categorías (C1/C2/C3) y suma el importe por categoría.
Comprobación del umbral: ¿Supera al menos una categoría los 50.000 euros? Si es así, tienes obligación de declarar en esa categoría.
Reunir la documentación: Certificados bancarios, extractos de depósitos, notas registrales, documentación de seguros — todos con el valor a fecha de referencia 31 de diciembre.
Credenciales de la AEAT: Asegúrate de disponer de un certificado digital o Cl@ve, o encarga la presentación a un asesor fiscal con poder de representación (en términos legales: representación).
Cumplimentar el formulario: En el portal de la AEAT, en «Modelos y formularios» → Modelo 720. Rellena todos los campos obligatorios, en especial el código de país, el IBAN/número de cuenta, el saldo a 31.12. y el saldo medio del cuarto trimestre.
Guardar la presentación y la confirmación: Tras la presentación correcta recibirás un número de justificante. Consérvalo siempre.
Archivar los justificantes: Guarda los documentos originales durante al menos 5 años.
Nota: La mayoría de los expatriados en Mallorca encargan la presentación del Modelo 720 a una gestoría o a un asesor fiscal especializado en fiscalidad internacional. Los honorarios suelen oscilar entre 100 y 300 euros según el proveedor y la complejidad — una cantidad razonable en comparación con las posibles sanciones.
Errores más frecuentes con el Modelo 720
En la práctica, estos son los puntos que generan más problemas:
1. Malinterpretar el umbral
Muchas personas creen que se trata de un patrimonio total de 50.000 euros. En realidad, el límite se aplica por categoría de forma independiente. Quien tenga un depósito alemán valorado en 55.000 euros tiene obligación de declarar en C2, aunque todas las demás categorías estén por debajo del umbral.
2. Perder el plazo del primer año
El primer año tras el traslado es el más crítico. Muchos se enteran de la obligación en otoño y pierden la fecha límite del 31 de marzo. Presentar el Modelo 720 fuera de plazo es posible, pero conlleva sanciones automáticas.
3. Pasar por alto cuentas conjuntas y autorizaciones
Quien únicamente tenga poder de firma sobre una cuenta extranjera también tiene obligación de declarar, aunque la cuenta pertenezca a otra persona.
4. Olvidar el saldo medio trimestral
Para las cuentas (C1) no basta con el saldo a 31 de diciembre. El saldo medio de los meses de octubre a diciembre es también un dato obligatorio.
5. Ignorar los criptoactivos
Las criptomonedas en plataformas de custodia extranjeras deben declararse en C2 desde el ejercicio fiscal 2023. Quienes operen en Binance, Coinbase o Kraken y superen el umbral tienen obligación de declarar.
6. No revisar los derechos de pensión
Con frecuencia no se comprueba si un plan de pensiones de empleo o un seguro de jubilación extranjero supera el umbral. Los expatriados británicos y estadounidenses con SIPPs o cuentas 401(k) se encuentran regularmente con esta obligación de declaración.
7. Darse de baja en años posteriores demasiado pronto
Quien cree erróneamente que, tras la primera declaración, no tendrá que volver a presentarla, pasa por alto la regla de variación de 20.000 euros. Las ganancias de cartera, los ajustes de valor de inmuebles o nuevas aportaciones pueden generar una nueva obligación.
Modelo 720 y otras obligaciones fiscales: la interacción
El Modelo 720 no existe de forma aislada. Influye directamente en otras obligaciones fiscales:
Impuesto / Declaración
Relación con el Modelo 720
IRPF (Modelo 100)
Los rendimientos procedentes del patrimonio extranjero declarado (intereses, dividendos, ingresos por alquiler) deben declararse aquí íntegramente
Impuesto sobre el Patrimonio (Modelo 714)
Los inmuebles y depósitos en el extranjero declarados se incluyen en la base imponible
Modelo 721
Desde 2023, obligación de información propia para criptomonedas; complementa al Modelo 720
Donación / Herencia
El patrimonio extranjero adquirido de nuevo por herencia o donación debe declararse tras su transmisión
Quien presente su declaración de IRPF como residente en Mallorca debe asegurarse de que todos los bienes declarados en el Modelo 720 queden también completamente reflejados en la declaración de la renta. Las inconsistencias entre ambos formularios son un desencadenante clásico de una inspección fiscal.
Encontrarás más información sobre el impuesto sobre la renta como residente en Mallorca en la guía Impuestos como residente (IRPF).
¿Qué viene después? El Modelo 720 y la mudanza a Mallorca en conjunto
El Modelo 720 es, por experiencia, una de las primeras grandes sorpresas tras la mudanza — normalmente se descubre junto con el primer asesoramiento fiscal. Vale la pena abordar las principales obligaciones administrativas de forma ordenada:
Utiliza esta lista como herramienta de trabajo antes de la presentación:
Residencia fiscal en España confirmada (regla de los 183 días o centro de intereses vitales)
Lista completa de todos los bienes en el extranjero elaborada
Cuentas (C1): saldo a 31.12. y saldo medio octubre–diciembre obtenidos
Valores/fondos/rentas/cripto (C2): valor a 31.12. extraído del extracto de depósito o plataforma
Inmuebles (C3): valor catastral o de adquisición, dirección de situación y datos del registro de la propiedad
Umbral de 50.000 € por categoría verificado
Cuentas conjuntas y autorizaciones en otras cuentas tenidas en cuenta
Certificado digital / Cl@ve o apoderamiento de asesor fiscal configurado
Plazo del 31 de marzo anotado en el calendario
Número de confirmación guardado tras la presentación
Justificantes archivados durante al menos 5 años
Conclusión
El Modelo 720 no es un formulario fiscal en el sentido clásico: no genera ningún pago ni origina devolución alguna. Pero sí constituye una obligación seria con consecuencias reales en caso de incumplimiento. Desde la sentencia del TJUE de enero de 2022 y la reforma introducida por la Ley 5/2022, las sanciones son considerablemente más moderadas que antes, aunque siguen existiendo. Para los residentes alemanes, austriacos y suizos que se trasladan a Mallorca, la regla es clara: quien tenga un depósito de valores, una vivienda en propiedad o una cuenta de ahorro en su país de origen y resida en la isla más de 183 días al año tiene, con alta probabilidad, obligación de declarar.
La buena noticia: con la preparación adecuada y un asesor fiscal con experiencia, el formulario es perfectamente manejable. La mala noticia: no existe prórroga de plazo. El 31 de marzo es inamovible. Anótalo.
Sentencia del TJUE C-788/19, de 27 de enero de 2022 (incompatibilidad del antiguo régimen sancionador con el Derecho de la UE): https://curia.europa.eu
Orden HAP/72/2013 (requisitos técnicos y formales del Modelo 720): https://www.boe.es
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 720 y una declaración de la renta?
El Modelo 720 es una declaración meramente informativa ante la Agencia Tributaria. No se liquida ningún impuesto ni se concede devolución alguna. Simplemente informa a Hacienda de los bienes y derechos que posees en el extranjero, para que puedan cotejarse con tus declaraciones del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio.
¿Tengo que declarar mi cuenta corriente alemana si solo tiene 30.000 euros?
No. La obligación de declarar se activa únicamente cuando el valor total de todas las cuentas de la categoría C1 (cuentas bancarias en el extranjero) supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Si el saldo conjunto de tus cuentas en el extranjero está por debajo de ese umbral, no existe obligación para esta categoría, aunque las demás categorías superen el límite.
Me mudé a Mallorca en septiembre — ¿ya tengo que declarar para este año?
Si en este año natural te conviertes en residente fiscal en España (por ejemplo, por permanecer más de 183 días hasta el 31 de diciembre), eres contribuyente por la totalidad del año y debes presentar un Modelo 720 antes del 31 de marzo del año siguiente por todas las categorías relevantes.
¿Cuál es el importe actual de las sanciones por no presentarlo?
Tras la reforma introducida por la Ley 5/2022 (en respuesta a la sentencia del TJUE C-788/19 de enero de 2022), las multas por presentación tardía o incorrecta parten de 300 euros por categoría y pueden alcanzar aproximadamente 20.000 euros por categoría en función de la gravedad y el número de infracciones. La práctica anterior de gravar el patrimonio no declarado como renta con un recargo del 150 % ya no es aplicable.
¿Hay que declarar las criptomonedas?
Sí, siempre que mantengas criptomonedas en una plataforma custodia extranjera (p. ej. Binance, Coinbase, Kraken) y su valor a 31 de diciembre sea igual o superior a 50.000 euros. Desde el ejercicio fiscal 2023 quedan encuadradas en la categoría C2. Para las criptomonedas en carteras propias existe desde 2023 el Modelo 721 independiente.
¿Tengo que presentar un nuevo Modelo 720 cada año?
Solo cuando en al menos una categoría se haya producido una variación superior a 20.000 euros respecto a la última declaración, una nueva categoría supere el umbral o un activo previamente declarado haya sido vendido o extinguido. En años de estabilidad patrimonial puede no ser necesario presentarlo.
¿Estoy obligado a declarar si solo tengo poder de firma en una cuenta ajena?
Sí. La obligación de declarar afecta no solo a los titulares de la cuenta, sino también a los apoderados y a los titulares reales. Si la cuenta sobre la que tienes poder de firma tiene un saldo igual o superior a 50.000 euros, estás obligado a declararla en la categoría C1.
¿Puedo presentar el Modelo 720 yo mismo o necesito un asesor fiscal?
Técnicamente puedes presentarlo tú mismo si dispones de un certificado digital válido o de Cl@ve y sabes manejar la interfaz en español de la AEAT. En la práctica, la mayoría de los expatriados recurren a una gestoría o a un asesor fiscal; los honorarios suelen situarse entre 100 y 300 euros y están bien invertidos dado el riesgo de cometer errores.