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ITP Baleares 2026: Tipos impositivos, nuevos límites de valor y bonificaciones en la compra de primera vivienda

El ITP Baleares 2026 es para todo comprador de inmuebles en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera el mayor factor de coste individual después del propio precio de compra. Puede oscilar entre el 8 % y el 13 % del valor de la transacción según el tramo de precio — y desde el 1 de marzo de 2026 rigen nuevos límites de valor que amplían considerablemente el acceso a determinadas bonificaciones fiscales. En esta guía descubrirás cómo funciona la escala progresiva, cuándo se aplica el ITP y cuándo el IVA, qué tipos reducidos se aplican en la compra de la vivienda habitual, cómo se realiza el cálculo de forma concreta — y qué errores suelen salir caros. Todos los datos corresponden al marco legal de 2026; para casos particulares recomendamos siempre un asesoramiento fiscal individualizado.

ITP Baleares 2026: tipos impositivos y bonificaciones

¿Ya sabes qué tipo de ITP se aplica al inmueble que deseas — y si puedes beneficiarte de alguna bonificación?


Qué es el ITP — y cuándo se devenga

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto regional sobre transmisiones patrimoniales. En las Baleares es gestionado por la ATIB (Agència Tributària de les Illes Balears). Se devenga siempre que un inmueble de segunda mano — es decir, no una primera transmisión de obra nueva — cambia de propietario y la operación no está sujeta al IVA.

¿Quién paga? Exclusivamente el comprador. El vendedor no está afectado por el ITP, aunque puede tener otras obligaciones fiscales (plusvalía, IRPF sobre la ganancia).

¿Cuándo vence el ITP? El impuesto debe liquidarse y abonarse ante la ATIB en un plazo de 30 días hábiles desde la firma ante notario. Es posible solicitar una prórroga, pero debe pedirse antes de que venza el plazo.

Atención: Quien no respete el plazo se arriesga a recargos del 5 % al 20 % sobre la deuda tributaria, en función de cuándo se realice el ingreso voluntario extemporáneo — más los intereses de demora.


¿ITP o IVA? La bifurcación decisiva

Antes de poder calcular siquiera el importe del impuesto, hay que determinar si la compra está sujeta al ITP o, en su lugar, al IVA. Un error frecuente es saltarse esta comprobación.

Tipo de inmueble Tributación aplicable Tipo impositivo
Inmueble de segunda mano de particular ITP 8 %–13 % (progresivo)
Primera transmisión de obra nueva del promotor IVA + AJD 10 % IVA + AJD (variable)
Inmueble comercial (sujeto a IVA) IVA + AJD 21 % IVA + AJD
Inmueble usado vendido por empresa (posible renuncia a la exención de IVA) ITP o IVA según la opción elegida

La clasificación no siempre es evidente: si compras, por ejemplo, una vivienda a una SL que actuó originalmente como promotora y renuncia a la exención de IVA, puede aplicarse IVA en lugar de ITP. Tu abogado o asesor fiscal debe aclararlo con antelación — no en el momento de ir al notario.


La escala progresiva del ITP en Baleares para 2026

Las Baleares aplican un modelo progresivo por tramos: cada tipo se aplica únicamente a la parte del precio de compra que corresponde a ese tramo, no al precio total. Es el mismo principio que el del IRPF.

ITP Baleares 2026: escala progresiva del 8 % al 13 % según tramo de precio de compra
Tramo del precio de compra Tipo de ITP
Hasta 400.000 € 8 %
400.001 € – 600.000 € 9 %
600.001 € – 1.000.000 € 10 %
1.000.001 € – 3.000.000 € 12 %
Por encima de 3.000.000 € 13 %

Nota: Los límites de los tramos superiores pueden variar ligeramente según la fuente. Los valores aquí indicados se basan en las tarifas publicadas para 2026 (fuentes [7], [9]); para información vinculante, consulta la ATIB.

Ejemplo de cálculo: compra de una vivienda de segunda mano por 750.000 €

Tramo Importe en el tramo Tipo Impuesto
Hasta 400.000 € 400.000 € 8 % 32.000 €
400.001–600.000 € 200.000 € 9 % 18.000 €
600.001–750.000 € 150.000 € 10 % 15.000 €
Total 750.000 € Ø 8,67 % 65.000 €

Ejemplo de cálculo: compra de una villa por 1.500.000 €

Tramo Importe en el tramo Tipo Impuesto
Hasta 400.000 € 400.000 € 8 % 32.000 €
400.001–600.000 € 200.000 € 9 % 18.000 €
600.001–1.000.000 € 400.000 € 10 % 40.000 €
1.000.001–1.500.000 € 500.000 € 12 % 60.000 €
Total 1.500.000 € Ø 10,0 % 150.000 €

El nuevo límite de valor a partir del 1. März 2026

La principal novedad del año 2026: Desde el 1. März 2026 se han elevado en las Balearen los límites de valor inmobiliario que regulan el acceso a determinadas ventajas fiscales.

Para Mallorca el nuevo límite se sitúa en 307.089 €.

Esto significa en concreto: más compradores que antes pueden acceder a tipos reducidos o bonificaciones, porque su inmueble se encuentra por debajo de este umbral o la parte bonificada llega hasta dicho límite.

Aviso: La elevación del límite de valor no significa que el precio de compra íntegro tribute al tipo reducido. La ventaja se aplica únicamente a la parte del valor del inmueble hasta el límite — la parte que lo supera tributa conforme a la tarifa progresiva general. Aquí es donde surgen la mayoría de los malentendidos.


Tipos reducidos de ITP: ¿quién se beneficia?

La normativa fiscal balear contempla varias situaciones en las que puede aplicarse un tipo reducido de ITP. Las más habituales afectan a la adquisición de una vivienda habitual (primera vivienda habitual).

Grupo beneficiario Tipo reducido (por lo general) Condiciones especiales
Compra de primera vivienda en general (por debajo del límite de valor) Reducido Residencia principal, respetar el límite de valor
Compradores jóvenes (menores de 36 años) Reducido Tener en cuenta los límites de renta
Compradores con discapacidad reconocida Reducido El grado de discapacidad es determinante
Familias numerosas (familia numerosa) Reducido El título debe estar en vigor

Atención: Los tipos reducidos exactos y los límites de ingresos correspondientes están fijados por la ley tributaria balear y pueden ajustarse anualmente. Consulta siempre con un asesor especializado en derecho fiscal balear sobre su aplicabilidad — la ATIB suele mostrarse poco flexible ante correcciones posteriores.


Base imponible: ¿precio de compra o valor de referencia?

Desde 2022 rige en toda España que el ITP se calcula sobre el valor más alto entre el precio de compra y el Valor de Referencia oficial. El valor de referencia lo fija el Catastro y se basa en datos de mercado.

Consecuencia práctica: Si el precio de compra es inferior al valor de referencia, se tomará igualmente el valor de referencia como base imponible. En Mallorca, donde los precios de compra suelen ser muy elevados, el valor de referencia es en muchos casos inferior al precio de mercado — en ese caso se aplica el precio de compra. Sin embargo, en precios negociados por debajo del valor de mercado esto puede dar lugar a una desagradable sorpresa.

Situación Base imponible
Precio de compra > Valor de referencia Precio de compra
Precio de compra < Valor de referencia Valor de referencia
Valor de referencia no disponible Precio de compra (o valor mínimo de la ATIB)

Puedes consultar previamente el valor de referencia de un inmueble concreto en el Catastro en línea (sede.catastro.gob.es).


Obra nueva: cuando se aplica IVA en lugar de ITP

Si compras un inmueble directamente al promotor como primera adquisición, no se aplica ITP — en su lugar rige:

  • 10 % IVA (impuesto sobre el valor añadido) sobre el precio de compra
  • AJD (impuesto de actos jurídicos documentados / Actos Jurídicos Documentados): El tipo varía según la Comunidad Autónoma; en Baleares hay que tenerlo en cuenta, aunque es claramente inferior al de la ITP

Nota: En el caso de vivienda protegida (VPO / VPP) puede aplicarse un tipo reducido de IVA del 4 % — no obstante, está sujeto a requisitos estrictos y en el mercado libre de Mallorca raramente resulta relevante.

La carga total en obra nueva suele ser similar a la de la ITP, porque el 10 % de IVA se aplica sobre el precio de compra total y no es progresivo. En cualquier caso, merece la pena hacer una comparación.


Paso a paso: cómo tramitar correctamente la ITP

  1. Antes de la cita ante notario: Verificar si se aplica ITP o IVA; consultar el valor de referencia; comprobar bonificaciones.
  2. Ante el notario: Se firma y autoriza la escritura (escritura notarial de compraventa). El notario traslada los datos al Registro de la Propiedad, pero no paga el impuesto en tu nombre.
  3. En el plazo de 30 días hábiles: Presentar la autoliquidación (Modelo 600) ante la ATIB y abonar el impuesto.
  4. Pago: Transferencia a la cuenta de la ATIB o pago en una entidad bancaria autorizada. Guardar el justificante.
  5. Inscripción en el Registro de la Propiedad: El justificante de la ATIB se presenta ante el Registro de la Propiedad (Registro de la Propiedad) — sin el pago del impuesto no hay inscripción.
  6. Comprobación posterior por parte de la ATIB: El organismo puede revisar el valor declarado dentro del plazo de prescripción (por lo general 4 años) y emitir una liquidación complementaria.

Costes totales en la compra: visión general completa

La ITP es el factor de coste más importante, pero no el único. Como regla general en Baleares:

Tipo de coste Inmueble de segunda mano Obra nueva
ITP / IVA 8 %–13 % (progresivo) 10 % IVA
AJD (impuesto de actos jurídicos documentados) no aplica en ITP variable
Gastos de notaría aprox. 0,2 %–0,5 % aprox. 0,2 %–0,5 %
Gastos de registro de la propiedad aprox. 0,1 %–0,25 % aprox. 0,1 %–0,25 %
Honorarios de abogado/asesor fiscal individual individual
Gastos totales adicionales (valor orientativo) 12–14 % 12–13 %

Para una vivienda de segunda mano en Mallorca por menos de 400.000 € esto significa: además del precio de compra, deberías tener disponibles alrededor de un 12 % adicional en liquidez — para un inmueble de 350.000 €, unos 42.000 € en gastos adicionales.


Los errores más frecuentes — y cómo evitarlos

Error 1: calcular el ITP sobre el precio de compra y no sobre la base imponible correcta Si el valor de referencia supera el precio de compra, se paga sobre el precio de compra — y la ATIB reclama la diferencia posteriormente.

ITP Baleares 2026: los 6 errores más frecuentes en la compraventa de inmuebles en las Baleares

Error 2: no solicitar las bonificaciones con antelación Los tipos reducidos no se conceden de forma automática. Debes solicitarlos activamente en el marco de la autoliquidación y acreditar el cumplimiento de los requisitos.

Error 3: subestimar el plazo de 30 días hábiles Quien compra durante las vacaciones y luego regresa a Alemania pierde fácilmente el control de los plazos. Un poder notarial a favor de un asesor fiscal local protege frente a recargos costosos.

Error 4: confundir el ITP con el IVA Quien paga ITP por error en una compra a promotor (o viceversa) tiene un problema serio — la rectificación es laboriosa y no siempre es posible de forma completa.

Error 5: equiparar el nuevo límite de valor con una exención fiscal El límite de 307.089 € (a partir de marzo de 2026) da acceso a las bonificaciones — no significa que hasta dicho importe no se deba pagar ningún impuesto.

Error 6: no conservar el justificante de la inscripción registral Sin el comprobante de pago de la ATIB, la inscripción en el Registro de la Propiedad queda bloqueada.


¿Qué viene después? Obligaciones fiscales periódicas tras la compra

El ITP es un impuesto puntual. Tras la compra surgen obligaciones periódicas:

  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): Impuesto municipal anual sobre bienes inmuebles, recaudado por el ayuntamiento, con vencimiento generalmente en otoño.
  • Impuesto sobre el Patrimonio (Impuesto sobre el Patrimonio): A tener en cuenta para patrimonios netos elevados en las Baleares.
  • Impuesto para no residentes (Modelo 210): Quienes siguen tributando en Alemania y no alquilan el inmueble deben una renta imputada por ingresos ficticios del arrendamiento.
  • Gastos de comunidad (Comunidad de Propietarios): Con vencimiento mensual en inmuebles sometidos a propiedad horizontal.

Encuentra más información en nuestra guía sobre el IBI Steuer Spanien y sobre el Impuesto sobre el Patrimonio.


Lista de verificación: ITP Baleares — antes de la cita ante notario

  • Verificado: ¿ITP o IVA? (segunda mano frente a obra nueva, vendedor particular frente a empresa)
  • Valor de referencia (Valor de Referencia) consultado en el Catastro
  • Cálculo progresivo del ITP realizado (por tramos, no de forma global)
  • Comprobación: ¿Se aplica el nuevo umbral de valor de 307.089 € (a partir de marzo de 2026)?
  • Comprobación: ¿Es posible alguna bonificación? (edad, residencia habitual, discapacidad, familia numerosa)
  • Asesor fiscal o abogado contratado para el Modelo 600
  • Liquidez disponible para gastos adicionales (aprox. 12–14 % del precio de compra)
  • Plazo de 30 días hábiles tras la cita ante notario anotado en el calendario
  • Justificante de pago de la ATIB conservado para la inscripción en el Registro de la Propiedad

Conclusión

El ITP en las Baleares se ha vuelto más accesible en 2026 para un mayor número de compradores gracias al aumento del umbral de valor (307.089 € en Mallorca, vigente desde el 1 de marzo de 2026) en lo que respecta a las bonificaciones fiscales. Sin embargo, esto no modifica la estructura progresiva de base: son posibles tipos entre el 8 % y el 13 %, y en un inmueble típico de Mallorca por 800.000 € el ITP puede ascender rápidamente a 70.000 € o más. Quien conoce los detalles —base imponible, bonificaciones, distinción entre ITP e IVA, plazos de pago— no paga más de lo necesario y evita reclamaciones posteriores de la ATIB. Contar con asesoramiento temprano por parte de un experto especializado en derecho tributario balear no es un lujo, sino una obligación.

Continúa planificando tu compra con nuestra guía completa sobre el proceso de compra de un inmueble en España o consulta el resumen completo de gastos de compraventa en Mallorca.



Fuentes oficiales

  • ATIB – Agència Tributària de les Illes Balears (administración tributaria de las Baleares, competencia ITP, Modelo 600): www.atib.es
  • BOE – Boletín Oficial del Estado (legislación nacional, ley marco del ITP Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados): www.boe.es
  • BOIB – Butlletí Oficial de les Illes Balears (leyes tributarias de las Baleares y sus modificaciones): www.boib.cat
  • Sede Electrónica del Catastro (consultar el valor de referencia / Valor de Referencia): sede.catastro.gob.es
  • Registro de la Propiedad (registros de la propiedad de las Baleares, inscripción tras el pago del ITP): www.registradores.org
¿Qué es el ITP y quién debe pagarlo en Baleares?
El ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) es un impuesto regional sobre transmisiones patrimoniales que se aplica en la compraventa de inmuebles de segunda mano. En Baleares, únicamente el comprador paga este impuesto — no el vendedor. Su gestión corresponde a la ATIB.
¿Cuánto es el ITP en Mallorca en 2026?
Baleares aplica un modelo progresivo por tramos: 8 % hasta 400.000 €, 9 % hasta 600.000 €, 10 % hasta 1.000.000 €, 12 % hasta 3.000.000 € y 13 % a partir de ahí. Cada tipo se aplica únicamente al tramo correspondiente, no al precio total de compra.
¿Qué ha cambiado en el ITP de Baleares a partir de marzo de 2026?
Desde el 1 de marzo de 2026 rige en Mallorca un nuevo límite de valor de 307.089 €, que permite acceder a determinadas bonificaciones fiscales y tipos reducidos. Más compradores que antes podrán acogerse ahora a estas bonificaciones.
¿Significa el nuevo límite de valor que no se paga ITP hasta 307.089 €?
No. El límite de valor no es una exención, sino un umbral de acceso a bonificaciones. Quien cumpla los requisitos paga un tipo reducido sobre la parte hasta dicho límite — la parte que lo supere tributa según la tarifa progresiva general.
¿Se aplica también el ITP en la compra de una obra nueva?
No. En la primera adquisición de una vivienda de obra nueva directamente al promotor, en lugar del ITP se aplica el IVA (10 % IVA) más el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD). El ITP solo se aplica a inmuebles de segunda mano que no estén sujetos a IVA.
¿Qué base imponible se utiliza para el cálculo del ITP?
Desde 2022 rige en toda España el valor más alto entre el precio de compra y el valor de referencia oficial (*Valor de Referencia*). Si el valor de referencia supera el precio de compra real, el ITP se calcula sobre el valor de referencia.
¿En qué plazo debe pagarse el ITP tras la firma ante notario?
El impuesto debe liquidarse y abonarse en la ATIB en un plazo de 30 días hábiles desde la escrituración notarial. El incumplimiento del plazo conlleva recargos de entre el 5 % y el 20 %, así como intereses de demora.
¿Puedo solicitar como comprador un tipo reducido de ITP?
Sí, siempre que se cumplan determinados requisitos — por ejemplo, en la compra de la vivienda habitual (*primera vivienda habitual*), para compradores menores de 36 años, en caso de discapacidad reconocida o para familias numerosas. La bonificación debe solicitarse de forma activa en el marco de la autoliquidación (Modelo 600).