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IBI Mallorca por municipio

Responsable del contenido: Frank Menze

Calculadora del IBI

Explicación

El municipio determina el tipo de gravamen. El IBI es un impuesto municipal: el mismo valor catastral cuesta bastante más en un municipio que en otro, porque cada uno fija su tipo en su propia ordenanza fiscal.

Explicación

El cálculo más exacto parte de la base liquidable, la que figura en tu recibo del IBI: solo de ella sale la cuota que marca la ley. Si únicamente conoces el valor catastral, obtienes un importe orientativo.

Explicación

El valor catastral es el valor que la Dirección General del Catastro fija para tu inmueble, suelo y construcción juntos. No es el precio de compra, ni el valor de mercado, ni el valor de referencia, y suele quedar muy por debajo. Lo encuentras en el último recibo del IBI y en la sede electrónica del Catastro.

Explicación

Urbana y rústica son clasificaciones del Catastro, no una descripción del entorno: una casa alejada del pueblo puede ser urbana, y un solar sin edificar dentro del casco urbano casi siempre lo es. La clasificación consta en tu recibo del IBI y en la consulta catastral: mírala, no la supongas.

Explicación

El IBI se devenga el 1 de enero. Quien sea propietario ese día debe el impuesto de todo el año, aunque venda en febrero.

Tipo de gravamen en Palma
0,445 %
IBI al año, importe orientativo
801,00 €

Calculado sobre el valor catastral. El recibo se calcula sobre la base liquidable, que es menor; donde hay una revisión en curso, sale más bajo. No se han aplicado bonificaciones ni exenciones.

Vale para un solo inmueble catastral y un ejercicio completo. No incluye: el prorrateo en el año de la compra, las cuotas de copropiedad, las bonificaciones ni las exenciones. El garaje y el trastero suelen tener referencia catastral propia; en ese caso se calculan aparte.

Son 66,75 € al mes

El marco general de la ley para esta clase de inmueble va del 0,400 % al 1,100 %; los municipios pueden superarlo o quedarse por debajo en determinados supuestos (art. 72.3 y 72.5).

El mismo importe en otros municipios

Entre los 15 municipios cuyo tipo hemos comprobado para 2026 y esta clase de inmueble, Campos es el más bajo (0,410 %) y Son Servera el más alto (0,694 %): 738,00 € frente a 1249,20 €.

Compara los tipos, no la carga sobre el mismo inmueble: los valores catastrales salen distintos de un municipio a otro.

Marratxí

Urbana · 2026

Valor catastral
180.000,00 €
Tipo de gravamen en Marratxí
0,440 %
IBI al año, importe orientativo
792,00 €

Calculado sobre el valor catastral. El recibo se calcula sobre la base liquidable, que es menor; donde hay una revisión en curso, sale más bajo. No se han aplicado bonificaciones ni exenciones.

Vale para un solo inmueble catastral y un ejercicio completo. No incluye: el prorrateo en el año de la compra, las cuotas de copropiedad, las bonificaciones ni las exenciones. El garaje y el trastero suelen tener referencia catastral propia; en ese caso se calculan aparte.

Llucmajor

Urbana · 2026

Valor catastral
180.000,00 €
Tipo de gravamen en Llucmajor
0,564 %
IBI al año, importe orientativo
1015,20 €

Calculado sobre el valor catastral. El recibo se calcula sobre la base liquidable, que es menor; donde hay una revisión en curso, sale más bajo. No se han aplicado bonificaciones ni exenciones.

Vale para un solo inmueble catastral y un ejercicio completo. No incluye: el prorrateo en el año de la compra, las cuotas de copropiedad, las bonificaciones ni las exenciones. El garaje y el trastero suelen tener referencia catastral propia; en ese caso se calculan aparte.

Son Servera

Urbana · 2026

Valor catastral
180.000,00 €
Tipo de gravamen en Son Servera
0,694 %
IBI al año, importe orientativo
1249,20 €

Calculado sobre el valor catastral. El recibo se calcula sobre la base liquidable, que es menor; donde hay una revisión en curso, sale más bajo. No se han aplicado bonificaciones ni exenciones.

Vale para un solo inmueble catastral y un ejercicio completo. No incluye: el prorrateo en el año de la compra, las cuotas de copropiedad, las bonificaciones ni las exenciones. El garaje y el trastero suelen tener referencia catastral propia; en ese caso se calculan aparte.

Tras una revisión catastral, la base imponible se eleva de forma escalonada durante nueve años (reducción, arts. 66 a 70 de la ley reguladora de las haciendas locales). Se aplica de oficio y aparece en el recibo como base liquidable. Mientras dura, el recibo sale más bajo que un cálculo sobre el valor catastral completo.

Esta calculadora no aplica bonificaciones. Algunas son obligatorias por ley (art. 73, por ejemplo para inmuebles de promotoras y vivienda protegida) y otras las establece el municipio si quiere (art. 74, por ejemplo para familias numerosas o placas solares); la mayoría hay que solicitarlas.

Los municipios grandes aplican un tipo más alto a determinados inmuebles de uso no residencial —comercio, oficinas, ocio y hostelería, industria— y solo a los de mayor valor de cada uso. El uso residencial queda expresamente fuera; aquí se muestra el tipo urbano general.

A las viviendas desocupadas con carácter permanente el municipio puede aplicarles un recargo escalonado sobre la cuota líquida. Solo entra en juego con requisitos estrictos y se devenga el 31 de diciembre, no el 1 de enero. Si tu municipio lo aplica, lo dice su ordenanza fiscal.

Los bienes inmuebles de características especiales (BICE) —centrales eléctricas, presas, aeropuertos o puertos comerciales— quedan fuera de esta calculadora. Un chalé caro no es un BICE.

Normativa vigente a 1 de enero de 2025

Fuentes

Este cálculo es meramente orientativo y no sustituye al asesoramiento fiscal o jurídico en cada caso concreto.

¿A cuánto asciende el IBI en Mallorca?

El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el impuesto español sobre bienes inmuebles) es un impuesto municipal — y por eso en Mallorca no existe un único importe, sino tantos como municipios hay. Cada uno fija su tipo de gravamen (tipo de gravamen, el porcentaje aplicado sobre la base imponible) por su cuenta, en su propia ordenanza fiscal (ordenanza fiscal). El legislador solo marca un margen para ello: para inmuebles clasificados como urbanos (urbana) entre 0,4 % y 1,1 %, para los clasificados como rústicos (rústica) entre 0,3 % y 0,9 %. Los municipios pueden superar o quedar por debajo de este margen en determinados casos.

Por eso dos casas vecinas con el mismo valor catastral reciben liquidaciones muy distintas si entre ellas pasa el límite municipal. La calculadora de arriba indica el tipo que hemos consultado para tu municipio en la ordenanza publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, y calcula tu importe a partir de ahí. Lo que necesitas para ello figura en tu último recibo.Butlletí Oficial de les Illes Balears publicada, y calcula tu importe a partir de ahí. Lo que necesitas para ello figura en tu último recibo.

Así se calcula

La fórmula abreviada y extendida de "valor catastral por tipo de gravamen" solo es correcta en el caso de que no haya nada entre medias. La ley de haciendas locales (RDLeg 2/2004) calcula en cuatro pasos, y el segundo es el que hace que la mayoría de las estimaciones salgan demasiado altas.

Paso 1: el valor catastral (base imponible)

El punto de partida es el valor catastral — el valor oficial que la oficina española del Catastro (Catastro) fija conjuntamente para el suelo y la construcción. No es ni el precio de compra, ni el valor de mercado, ni el valor de referencia, y por lo general queda claramente por debajo de estos. En el lenguaje de la ley es la base imponible, la base imponible sin reducir (art. 65). Lo encuentras en el recibo del IBI y en el portal del Catastro.

Paso 2: la base imponible reducida (base liquidable)

Aquí es donde se separan el cálculo teórico y la realidad. No siempre se tributa sobre el valor catastral íntegro, sino sobre la base liquidable: el valor catastral menos una reducción (art. 66 a 70). La más habitual de estas reducciones surge tras una revisión catastral — el nuevo valor, más alto, no se aplica de golpe, sino que se va introduciendo gradualmente a lo largo de nueve años. Además, algunos ayuntamientos aplican reducciones propias: Pollença, por ejemplo, solo tributa una parte del valor catastral para las fincas calificadas como rústicas, y eso no aparece en la ficha del tipo impositivo, sino en otro artículo de la misma ordenanza.

En la práctica, esto significa lo siguiente: quien calcula a partir del valor catastral íntegro mientras su inmueble tiene una reducción vigente, obtiene un importe demasiado alto — el recibo resulta entonces más bajo que su propia estimación. Por eso la calculadora pregunta primero cuál de los dos datos tienes. Si en tu recibo figura una base liquidable, utilízala: en ella ya está incluida cualquier reducción, y el resultado es el importe legal. Si solo conoces el valor catastral, obtendrás un importe orientativo, claramente identificado como tal.

Paso 3: el importe del impuesto (cuota íntegra)

La base liquidable multiplicada por el tipo impositivo del municipio da como resultado la cuota íntegra — el importe del impuesto antes de cualquier bonificación (art. 71.1 en relación con el art. 72). Este es el número que muestra la calculadora cuando se calcula con el dato del recibo.

Paso 4: el importe a pagar (cuota líquida)

Lo que finalmente se carga en la cuenta es la cuota líquida: la cuota íntegra menos las bonificaciones y exenciones que correspondan en tu caso (art. 71.2, 73 y 74). Puede quedar claramente por debajo del importe del impuesto — y, en un caso especial, por encima, concretamente con el recargo por vivienda permanentemente desocupada. La calculadora no incluye deliberadamente las bonificaciones: dependen de requisitos personales que no puede conocer, y la mayoría hay que solicitarlas.

Ejemplos de cálculo

La calculadora de arriba incluye casos de ejemplo ya preparados — el mismo inmueble en un municipio económico, uno medio y uno caro. Con un clic se cargan los datos, y así puedes ver cuánto varían los importes solo por el municipio. Las cifras proceden del registro de tipos impositivos verificado, no de un ejemplo que quede desactualizado en el texto.

Casos especiales

Tras una revisión catastral

Cuando el Catastro fija de nuevo los valores de un municipio, la reducción del paso 2 se aplica a lo largo de nueve años y se aplica de oficio — no hace falta solicitarla. Aparece como base liquidable en el recibo. En estos años la diferencia entre la estimación y el recibo es mayor.

Bonificaciones y exenciones

Una bonificación es una reducción porcentual sobre el importe del impuesto. Algunas las establece la ley (art. 73, por ejemplo para inmuebles en existencias de una promotora o para vivienda protegida), otras las fija cada municipio de forma voluntaria (art. 74, por ejemplo para familias numerosas, para instalaciones fotovoltaicas o para la vivienda habitual). Las bonificaciones voluntarias casi siempre exigen que estés empadronado enpadrón, el registro de habitantes del ayuntamiento, y solo tienen efecto a partir del año siguiente a la solicitud. Qué bonificaciones existen en Mallorca y cómo solicitarlas se explica en la guía sobre la reducción del IBI en Mallorca.

Inmuebles de uso comercial

Los ayuntamientos más grandes pueden aplicar para determinados no inmuebles destinados a vivienda —comercio, oficinas, turismo, industria— un tipo incrementado, y solo para los de mayor valor dentro de cada tipo de uso. El uso residencial queda expresamente excluido. La calculadora muestra el tipo municipal general; quien tenga un local comercial o un hotel debe consultar la ordenanza.

Viviendas permanentemente deshabitadas

Un ayuntamiento puede aplicar un recargo escalonado sobre el importe a pagar cuando una vivienda permanece vacía de forma permanente. Los requisitos son estrictos, y a diferencia del propio impuesto, el recargo no se genera el 1 de enero, sino el 31 de diciembre. Si tu ayuntamiento lo aplica o no, figura en su ordenanza fiscal.

Garaje, trastero, varios inmuebles catastrales

No se grava la vivienda tal como la habitas, sino cada objeto catastral por separado. El garaje y el trastero suelen tener su propia referencia catastral y, por tanto, su propio recibo. Calcúlalos por separado y súmalos al final, o de lo contrario te faltará una parte de la carga anual.

Fincas sin edificar y la clasificación urbana/rústica

Urbana y rústica son clasificaciones del catastro, no una descripción de la ubicación. Una casa muy alejada del núcleo urbano puede ser urbana, y una finca sin edificar dentro del casco urbano lo es normalmente, y en ese caso se aplica el tipo urbano aunque no haya nada construido. La clasificación figura en tu recibo y en el certificado catastral. No hay que suponer, hay que comprobarlo: de ello depende el tipo aplicable.

BICE

Inmuebles con características especiales (bienes inmuebles de características especiales, conocidos como BICE) —centrales eléctricas, presas, aeropuertos, puertos comerciales— siguen normas propias y un marco de tipos distinto. Para los propietarios particulares esto no supone ningún riesgo: una villa cara no es un BICE.

Copropiedad

Si el inmueble pertenece a varias personas, igualmente se genera un único recibo para el objeto. El ayuntamiento puede dirigirlo a uno de los copropietarios, que luego compensa internamente la parte correspondiente; a petición, muchas administraciones dividen el cobro según las cuotas inscritas en el catastro. La calculadora siempre muestra el impuesto anual completo del inmueble, no tu parte proporcional.

Año de compra: ¿quién paga el IBI?

El impuesto se devenga el 1 de enero. El sujeto pasivo es quien en esa fecha ostenta la propiedad, el derecho de superficie o el usufructo (art. 63.2 y 75.1), y lo es por todo el año, aunque venda en febrero. Una venta a mitad de año no cambia esto.

En la práctica, el impuesto se reparte igualmente al hacer la compraventa. El Tribunal Supremo, mediante la sentencia 409/2016, resolvió que el vendedor puede repercutir la parte proporcional al comprador si no hay acuerdo distinto. El reparto proporcional es, por tanto, la norma legal habitual, no solo una cuestión negociable; solo se puede pactar otra cosa de forma expresa, y eso debe constar en la escritura notarial. Cómo se desarrolla el proceso de compra en su conjunto se explica en el Guía sobre el proceso legal en la compraventa de inmuebles.

Muy distinto de esto es el punto en el que los compradores realmente pierden dinero: la responsabilidad real del inmueble por deudas pendientes de IBI (afección real, art. 64.1). Recae sobre el objeto, no sobre la persona. Quien adquiere un inmueble con deudas pendientes puede verse obligado a responder por estas deudas antiguas, aunque nunca las haya contraído él mismo, independientemente de lo que diga el contrato de compraventa. Por eso, antes de la cita notarial debe solicitarse el certificado de deudas pendientes, y ello para cada objeto catastral por separado.

Plazos y formas de pago

Para la mayoría de los municipios de Mallorca, la administración tributaria balear ATIB (Agència Tributària de les Illes Balears) recauda el IBI. El periodo voluntario de pago (periodo voluntario de pago) suele situarse en otoño, desde principios de otoño hasta principios de diciembre. Algunos municipios recaudan por sí mismos y tienen sus propios plazos — Calvià e Inca son los ejemplos más conocidos. Por eso, nunca te fíes de un plazo que hayas leído en algún sitio, sino del anuncio oficial de tu municipio para el año en curso.

Importante para los propietarios que no viven en la isla: la mayoría de los municipios ya no envían factura en papel. No llega ninguna carta que te lo recuerde — el plazo corre igualmente, y después se aplican recargos por demora. La vía segura es una orden de domiciliación bancaria (domiciliación) en una cuenta española: el importe se carga en la fecha de vencimiento, y muchos municipios incluso conceden un pequeño descuento o la posibilidad de pago fraccionado. Quien quiera pagar online encontrará la notificación y el importe en el portal de ATIB.

Tasa de basura y vado: los conceptos adicionales

La tasa de residuos (tasa de residuos, antes conocida generalmente como tasa de basura) no es un impuesto, sino una tasa por un servicio, y está completamente separada del IBI: tiene su propia ordenanza, su propia base de cálculo, su propio vencimiento. No aparece en el recibo del IBI, aunque a veces figure en el mismo cargo bancario. Cómo se calcula lo decide el municipio: según la superficie habitable, según el tipo de uso, según el número de viviendas. Una casa grande paga notablemente más que un apartamento pequeño.

El vado es la autorización para cruzar de forma permanente la acera hacia tu garaje o entrada, y se liquida anualmente. Tampoco tiene relación alguna con el IBI. Lo importante es su consecuencia legal: una placa de vado sin autorización válida y pagada no tiene efecto — solo con ella puedes actuar contra quienes aparquen frente a tu entrada. Todos los tributos municipales que se aplican además del IBI están recogidos en el resumen sobre impuestos y derecho.

El Catastro: de dónde viene el valor

El Catastro es el registro estatal en el que se inscribe cada parcela y cada edificio de España con sus características físicas, su tipo de uso y su valor catastral. No es el Registro de la Propiedad: el Registro de la Propiedad registra derechos, cargas e hipotecas, el Catastro describe el bien en sí. Para el IBI solo cuenta el Catastro — aporta la base imponible, el ayuntamiento solo el tipo.

De ahí se deriva la palanca más importante que tienes en tus manos: si los datos catastrales no son correctos, el recibo tampoco lo será. Una ampliación, un sótano acondicionado, una piscina construida a posteriori que nunca se declaró, tarde o temprano aparece — a más tardar al cotejar las imágenes aéreas, y entonces con carácter retroactivo. Al contrario, pagas de más si una construcción anexa ya demolida sigue figurando en el registro. Los cambios se comunican mediante una declaración de alteración catastral; es obligatorio, no opcional. Lo que hay que hacer con construcciones no autorizadas lo explica la guía sobre legalizar construcciones ilegales en Mallorca.

El IBI y el Modelo 210 son dos impuestos distintos

Este es el error más frecuente y costoso entre propietarios sin residencia fiscal en España. El IBI es un impuesto municipal sobre la propiedad y se paga al ayuntamiento o a la ATIB. El impuesto sobre la renta de no residentes, que se declara mediante el Modelo 210, es un impuesto estatal sobre la renta y se paga a la Agencia Tributaria (AEAT). Ambos afectan al mismo inmueble, pero funcionan de forma independiente uno del otro — quien solo ha pagado uno de los dos no ha cumplido con el otro. Lo que te corresponde pagar y cómo se calcula el importe lo muestra la calculadora del impuesto por uso propio.

Errores frecuentes

  • Calcular sobre el valor catastral íntegro, aunque esté en marcha una reducción. En ese caso, la estimación propia supera al recibo — toma la base liquidable del recibo.
  • Esperar a que llegue la carta. La mayoría de los ayuntamientos ya no envían factura en papel; el plazo corre de todas formas.
  • Calcular solo la vivienda. El garaje y el trastero suelen tener su propia referencia catastral y su propio recibo.
  • No comprobar las deudas pendientes al comprar. Las deudas de IBI pendientes recaen mediante la afección real sobre el inmueble, no sobre la persona del vendedor.
  • No declarar los datos catastrales tras una reforma. El cotejo llega más tarde y con carácter retroactivo.
  • No solicitar bonificaciones. Las bonificaciones voluntarias del ayuntamiento no se aplican de oficio.
  • Confundir el IBI con el Modelo 210. Dos impuestos, dos administraciones, dos plazos.

El IBI está regulado en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la ley sobre las haciendas locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), Art. 60 a 77: el objeto tributario y la afección real en los Art. 60 a 64, el sujeto pasivo en el Art. 63, las bases imponibles en los Art. 65 a 70, la cuota, los tipos y las bonificaciones en los Art. 71 a 74, el devengo y el período impositivo en el Art. 75. El valor catastral se regula en la Ley del Catastro (Real Decreto Legislativo 1/2004). El tipo concreto de tu municipio lo fija su ordenanza fiscal, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Los tipos que aparecen en la calculadora proceden de estas ordenanzas, consultadas una por una y contrastadas con la base de datos del Ministerio de Hacienda. La calculadora indica ella misma qué estado de vigencia se aplica a cada municipio. Esta página sirve de orientación y no sustituye el asesoramiento en el caso concreto; para el recibo siempre vale lo que hayan fijado el Catastro y tu ayuntamiento.

Preguntas frecuentes

¿A cuánto asciende el IBI de mi propiedad en Mallorca?
Eso depende de dos cosas: la base imponible de tu propiedad y el tipo impositivo de tu municipio. La calculadora de arriba calcula ambos en cuanto eliges tu municipio e introduces la cifra de tu recibo. No existe una cuantía general para toda la isla, porque cada municipio fija su propio tipo.
¿Cuál es la diferencia entre valor catastral y base liquidable?
El valor catastral es el valor oficial íntegro de tu propiedad y el punto de partida del cálculo. La base liquidable es lo que queda tras una eventual reducción y lo que realmente se grava. Si hay una reducción en vigor, es menor que el valor catastral — y tu recibo resulta entonces más bajo que un cálculo sobre el valor íntegro.
¿Qué cifra debo introducir en la calculadora?
Si tienes un recibo de IBI: la base liquidable que aparece en él. Eso da el importe legal del impuesto. Si solo tienes el valor catastral, por ejemplo antes de una compra, elige esa opción — entonces obtendrás un importe orientativo, en el que no se incluyen reducciones ni bonificaciones.
¿Dónde encuentro el valor catastral de mi propiedad?
En el último recibo de IBI y en el portal catastral del Catastro. Como propietario, con certificado o identificación electrónica, allí también puedes ver el valor en sí, no solo la descripción del inmueble.
¿Cuándo hay que pagar el IBI?
El período voluntario de pago se sitúa, en la mayoría de los municipios, en otoño y se anuncia cada año de nuevo. Algunos municipios cobran el impuesto por su cuenta y tienen plazos diferentes. Como apenas llega ya factura en papel, una domiciliación bancaria es la vía más segura.
¿Quién paga el IBI si la propiedad se vende a mitad de año?
El sujeto pasivo es quien es propietario de la vivienda a 1 de enero — el vendedor, por tanto, para todo el año. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puede reclamar al comprador la parte proporcional a partir de la fecha de venta, si no se ha pactado otra cosa en el contrato.
¿Respondo yo como comprador de deudas antiguas de IBI?
Sí, es posible. Las deudas pendientes de IBI responden mediante la afección real sobre el propio inmueble, no sobre la persona del vendedor. Por eso, antes de la cita en la notaría, pide un certificado de estar al corriente de pago, y hazlo para cada objeto catastral por separado.
¿Están incluidas las tasas de basura en el IBI?
No. La tasa de residuos es un tributo municipal independiente, con su propia ordenanza, su propia base imponible y su propio vencimiento. A veces se cobra junto con el IBI, pero jurídicamente es algo distinto.
¿Tengo que presentar además el Modelo 210 como no residente?
Por regla general sí, y con independencia del IBI. El IBI va destinado al ayuntamiento, el Modelo 210 a la Agencia Tributaria estatal. Uno no sustituye al otro.
¿Incluye la calculadora las reducciones en sus cálculos?
No. Las reducciones dependen de requisitos personales que la calculadora no puede conocer, y la mayoría hay que solicitarlas. La calculadora muestra el importe del impuesto antes de aplicarlas; qué reducciones existen se explica en la guía correspondiente.

Qué necesitas a continuación

Calcula primero tu caso — y si a la propiedad le corresponde un garaje o un trastero con referencia catastral propia, calcula cada referencia por separado. Comprueba después si te corresponde una bonificación del IBI; no se aplica de forma automática. Como propietario sin residencia fiscal en España, además está el impuesto por uso propio mediante el Modelo 210, y por encima de los mínimos exentos se suma el Impuesto sobre el Patrimonio — lo que significa en el año de la compra se explica en Impuesto sobre el Patrimonio al comprar una vivienda.

Si tienes previsto vender, cuenta con los impuestos al vender una propiedad; si la propiedad pasa a otros miembros de la familia, con las normas sobre herencias y donaciones en Baleares. Y quien todavía esté en el principio del camino encontrará todo el proceso hacia su propia propiedad en Inmuebles en Mallorca.