Impuestos municipales en Mallorca: IBI, basura, agua y vado de un vistazo
Quien posee un inmueble en Mallorca no solo paga impuestos una vez al comprar, sino que cada año vuelve a abonar toda una serie de impuestos municipales en Mallorca: el IBI, la tasa de basuras, a menudo una tasa de agua y —si existe una entrada de garaje— la tasa de vado. A diferencia de la compra, aquí no hay un formulario centralizado ni un plazo unificado: cada ayuntamiento de Mallorca fija sus propios tipos impositivos, ventanas de pago y notificaciones. Precisamente esto hace que resulte confuso para los propietarios, especialmente para los extranjeros no residentes. Esta guía te explica cómo se calculan el IBI, la basura, el agua y el vado, quién está obligado a pagar, cómo te registras en el buzón virtual de la ATIB y qué errores cometen la mayoría de los propietarios.

¿No estás seguro de si tu valor catastral es correcto o qué tasas municipales le corresponden a tu inmueble?
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¿Qué se considera impuestos municipales en Mallorca?
El término "impuestos municipales" agrupa en Mallorca varias tasas independientes, todas ellas recaudadas o al menos fijadas por el Ayuntamiento —la administración municipal correspondiente—. Importante para delimitar: la conocida tasa turística (ecotasa, oficialmente Impuesto sobre Estancias Turísticas) no forma parte de ello. Se trata de un impuesto regional balear sobre las pernoctaciones, sin recargos municipales, y afecta a los huéspedes, no a los propietarios en el funcionamiento habitual de su inmueble.
Para los propietarios de inmuebles son relevantes, en cambio, cuatro conceptos municipales recurrentes:
| Tasa/impuesto | Qué es | Recaudado por | Base legal |
|---|---|---|---|
| IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) | Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria | Ayuntamiento | Ley de Haciendas Locales, art. 60 y ss. |
| Tasa de basuras | Tasa de basuras por recogida, transporte y tratamiento | Ayuntamiento | Ley 7/2022, art. 11 |
| Tasa de agua | Suministro de agua potable y saneamiento | Ayuntamiento o proveedor municipal/privado, según la localidad | Ordenanza municipal |
| Vado | Autorización y uso continuado de un vado | Ayuntamiento | Ordenanza municipal |
Aviso: El IBI y el impuesto sobre la renta de no residentes (Modelo 210) son dos impuestos completamente distintos. El IBI va destinado al ayuntamiento, mientras que el impuesto sobre la renta va a la Agencia Tributaria nacional. Quien solo paga uno de los dos no ha cumplido con el otro.
IBI: el impuesto sobre bienes inmuebles en detalle
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, conocido como IBI, es el equivalente español al impuesto alemán sobre inmuebles y, con diferencia, el tributo municipal más importante para los propietarios. La fórmula es sencilla: IBI = Valor catastral × Tipo de gravamen. Según la ley, están obligados a pagarlo el propietario, el titular de un derecho de superficie o el usufructuario, no automáticamente el inquilino, aunque a veces los contratos de alquiler lo regulen de otra manera.
Como el IBI es un impuesto municipal, cada ayuntamiento fija su propio tipo de gravamen dentro de los límites legales y también es responsable de su recaudación. Esto explica por qué dos fincas vecinas situadas en municipios distintos pueden acabar pagando importes anuales muy diferentes.
| Tipo de terreno | Rango del tipo de gravamen | Base imponible |
|---|---|---|
| Terrenos no urbanizados / rústicos (suelo rústico) | 0,3 % – 0,9 % | Valor catastral |
| Terrenos urbanizados / urbanos (suelo urbano) | 0,4 % – 1,1 % | Valor catastral |
| Inmuebles con características especiales | Tipo general del 0,6 %, que el ayuntamiento puede fijar entre el 0,4 % y el 1,3 % | Valor catastral |
Los rangos figuran en el art. 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales): el valor inferior es a la vez el tipo mínimo y el general, mientras que el superior es el límite legal máximo. Dentro de este marco, cada ayuntamiento decide mediante su propia ordenanza fiscal.
Especialmente relevante para las viviendas vacacionales: En el caso de viviendas que permanezcan deshabitadas de forma permanente, los ayuntamientos pueden aplicar, según la misma normativa, un recargo de hasta el 50 % de la cuota tributaria. Este recargo se genera el 31 de diciembre y se aplica una vez que el ayuntamiento ha constatado y declarado formalmente la desocupación en esa fecha. El hecho de si un municipio lo aplica y de qué manera depende de su ordenanza fiscal.
Atención: El Valor Catastral no es idéntico al precio de compra o al valor de mercado. Lo determina el ayuntamiento o la oficina del catastro y no cambia automáticamente con el precio del inmueble. Encontrarás más detalles en la guía sobre el Valor Catastral.
Quien crea que su IBI está calculado demasiado alto debería primero hacer revisar el valor catastral, en lugar de cuestionar directamente el tipo impositivo. Más información al respecto y sobre posibles bonificaciones en la guía Reducción del IBI en Mallorca.
Tasa de basuras: nuevas normas desde 2025
La Tasa de basuras es la tasa municipal de residuos y cubre la recogida, el transporte y el tratamiento de la basura doméstica. Desde una reforma legal, se ha convertido en una partida notablemente más cara: según el artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos, los ayuntamientos españoles con más de 5.000 habitantes deben aplicar, a más tardar desde el 10 de abril de 2025, una tasa específica, desglosada por separado y que cubra los costes conforme al principio de quien contamina paga. La ley transpone una directiva de la UE sobre economía circular.
Para muchos municipios de Mallorca esto significó: o bien antes no existía una tasa de basuras independiente, o solo cubría una parte de los costes reales; ambos casos debían corregirse. La consecuencia ha sido, desde entonces, recibos considerablemente más altos en muchos lugares.
| Tipo de inmueble | Tasa anual (aprox.) |
|---|---|
| Piso de menos de 60 m² | 100 – 130 euros |
| Piso de 60 – 120 m² | 130 – 160 euros |
| Chalet unifamiliar / finca | desde 200 euros |
| Hogar medio (según el municipio) | 165 – 200 euros |
Aviso: La Tasa de basuras no es el IBI. Ambos suelen vencer en el mismo periodo, pero se gestionan mediante recibos separados e incluso, a veces, con plazos de pago distintos.
Agua: competencias y costes
El suministro de agua en Mallorca lo gestiona, según el municipio, directamente el ayuntamiento o una empresa suministradora contratada; no existe una estructura tarifaria uniforme para toda la isla. Para los propietarios esto significa que el importe y el modelo de facturación (cuota fija más consumo, tarifas escalonadas en caso de escasez de agua) varían de un lugar a otro y deben consultarse directamente con el Ayuntamiento o el proveedor correspondiente.
Especialmente en las fincas de zonas rurales que no están conectadas a la red pública surgen preguntas adicionales sobre pozos y suministro privado. Si tu propiedad depende del autoabastecimiento, merece la pena consultar las guías Suministro de agua en fincas de Mallorca y Restricciones de agua en Mallorca, que también tratan las limitaciones estacionales.
Atención:Las facturas de agua suelen calcularse según el consumo y pueden aumentar inesperadamente en caso de fugas o roturas de tuberías no detectadas. Un control regular del contador de agua merece la pena, especialmente en inmuebles vacacionales que permanecen vacíos.
Vado: autorización de entrada y tasa periódica
Quien utiliza una entrada, garaje o carport en una vía pública necesita, por lo general, una autorización municipal, el llamado Vado. La normativa al respecto —desde la solicitud, pasando por la señalización con la placa oficial de Vado, hasta la tasa anual periódica— la establece cada ayuntamiento en su propia ordenanza. Por tanto, no existe una tarifa única para toda la isla; los propietarios deben informarse directamente en el ayuntamiento competente sobre las tarifas y trámites locales.
Quien, con motivo de una reforma, una pérgola o un nuevo carport, esté pensando en realizar cambios constructivos, encontrará información complementaria en la guía Permiso de pérgola y carport en Mallorca.
Quién paga qué: propietarios, inquilinos y deudores subsidiarios
Una de las confusiones más frecuentes surge en torno a quién es realmente responsable de cada tasa.
| Tasa | Propietario | Inquilino / residente |
|---|---|---|
| IBI | sujeto al impuesto según la ley | por lo general no, salvo que se acuerde algo distinto contractualmente |
| Tasa de basuras | responde como deudor subsidiario frente al ayuntamiento | paga en principio, ya que es quien genera la basura |
| Agua | suele ser el titular del contrato, salvo que se establezca otra cosa | suele ser el contratante directo con la compañía suministradora al residir en la vivienda |
| Vado | por lo general, el propietario o usuario de la entrada | – |
Aviso:Aunque formalmente el residente es quien debe la tasa de basuras, en la práctica suele ser el propietario quien recibe la notificación y responde como deudor subsidiario si el inquilino no paga. Quien alquile debe regularlo claramente en el contrato de alquiler; más información en la guía Alquiler de larga temporada en Mallorca.
Así pagas: cartero virtual, Bizum y domiciliación bancaria
La agencia tributaria balear ATIB (Agencia Tributaria de las Illes Balears) gestiona, para la mayoría de los municipios, el buzón digital cartero virtual, a través del cual se notifican los avisos y se pueden gestionar los pagos. Esto te ahorra la espera del correo postal, que en el caso de direcciones en el extranjero suele llegar con retraso o directamente no llega.
- Accede al portal en sede.atib.es/cva/cartero-virtual abre.
- ¿Ya estás registrado en cl@ve (el sistema español de identificación online)? Puedes iniciar sesión directamente.
- Los nuevos usuarios necesitan un código de activación: aparece en la notificación de pago del ayuntamiento, se puede solicitar en la oficina local del Finanzamt o pedir online en sede.atib.es/cva/solicitudes/codigo-contribuyente .
- Al solicitarlo online, subes una copia de tu documento de identidad.
- Tras la activación verás todos los recibos pendientes y podrás pagar con tarjeta de débito/crédito, Bizum o domiciliación bancaria.
| Método de pago | Particularidad |
|---|---|
| Domiciliación bancaria (Domiciliación bancaria) | Cargo automático, se aplica también a los años siguientes |
| Bizum | Pago rápido desde el móvil directamente en el portal |
| Tarjeta de débito/crédito | Pago online clásico a través del cartero virtual |
Nota: Quien configura una vez una domiciliación bancaria para el IBI y la tasa de basura no tendrá que preocuparse de nada en los años siguientes; es la solución más cómoda especialmente para propietarios con residencia en el extranjero.
Plazos y periodos de pago de un vistazo
A diferencia de los impuestos estatales, para los impuestos municipales no existe una fecha única en toda Mallorca. Cada ayuntamiento fija su propia ventana de pago, aunque en la práctica muchos ayuntamientos concentran el cobro del IBI, la tasa de basura y otras tasas municipales en el verano tardío u otoño.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Quién fija el plazo? | Cada ayuntamiento de forma individual |
| ¿Dónde figura el plazo concreto? | En el correspondiente aviso de pago o bien en el cartero virtual |
| ¿Qué ocurre si tienes varios inmuebles en distintos municipios? | Avisos separados, plazos separados – es posible tener una visión general a través del cartero virtual |
Atención: No confíes en recibir automáticamente una factura en papel. Muchos ayuntamientos ya no envían correo físico y apuestan por la responsabilidad propia de los propietarios a través del buzón online.
Errores más frecuentes
- Valor catastral nunca comprobado: Los propietarios aceptan el aviso sin saber en qué se basa, cuando el Valor Catastral suele ser el verdadero elemento clave.
- IBI confundido con el Modelo 210: Quien solo paga el impuesto municipal sobre bienes inmuebles todavía no ha cumplido con el impuesto nacional sobre la renta de no residentes.
- Sin registro en el cartero virtual: Sin buzón digital, muchos propietarios que residen en el extranjero pierden plazos porque el correo no llega o llega con retraso.
- El inquilino no paga la tasa de basuras y el propietario se entera demasiado tarde: Sin una regulación contractual clara, el propietario sigue siendo responsable subsidiario.
- Tasa de vado ignorada: Quien utiliza una entrada de vehículos sin autorización válida o no paga la tasa correspondiente, se arriesga a reclamaciones por parte del ayuntamiento.
- Varios municipios, falta una visión de conjunto: En el caso de inmuebles situados en distintos ayuntamientos, es fácil que se pierdan avisos individuales si no se mantiene una visión centralizada.
¿Qué ocurre después?
Quien no salda los impuestos municipales pendientes se arriesga a un procedimiento de apremio y, más adelante, a la ejecución por parte de la Recaudación competente; en muchos municipios esta tarea la asume la ATIB como órgano recaudador. Los importes pendientes también pueden ser relevantes en la venta del inmueble, ya que en la práctica el comprador y el notario comprueban si los tributos municipales corrientes están pagados. Quien venda su inmueble más adelante debería tener además en cuenta el impuesto municipal sobre el incremento de valor de los terrenos, que se aplica de forma independiente al IBI y a la tasa de basuras; más información en la guía Plusvalía Municipal.
Lista de comprobación: mantener bajo control los impuestos municipales
- Conocer el valor catastral (Valor Catastral) del inmueble y revisarlo de vez en cuando
- Registro completado en el cartero virtual de la ATIB en sede.atib.es
- Mandato de domiciliación bancaria configurado para el IBI y la Tasa de basuras
- Aclarada la competencia para las tasas de agua (ayuntamiento o empresa suministradora)
- En caso de vado: comprobada la autorización de vado y la tasa corriente ante el ayuntamiento
- En caso de alquiler: la responsabilidad de la tasa de basuras claramente regulada en el contrato de arrendamiento
- IBI y Modelo 210 anotados en el calendario como obligaciones separadas
Conclusión
Los impuestos municipales en Mallorca no son una construcción uniforme, sino un conjunto de tasas reguladas de forma diferente a nivel local – IBI, tasa de basura, agua y vado. Quien quiera mantener el control como propietario, especialmente desde el extranjero, no puede prescindir de dos cosas: el buzón digital de la ATIB y una domiciliación bancaria configurada. Ambas cosas juntas eliminan la mayor fuente de errores: plazos no cumplidos por correo que no llegó. Para todo lo demás, desde la comprobación correcta del valor catastral hasta la resolución de cuestiones pendientes en alquiler o venta, merece la pena consultar las guías especializadas correspondientes o recibir asesoramiento personal.
Fuentes oficiales
- Ley 7/2022, de 8 de abril de 2022 (Ley de Residuos), Art. 11 – BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5809
- ATIB (Agencia Tributaria de las Illes Balears), cartero virtual: https://sede.atib.es/cva/cartero-virtual
- ATIB, solicitud del código de activación: https://sede.atib.es/cva/solicitudes/codigo-contribuyente