Impuesto IBI España: contribución urbana, tasas de basura y vado en Mallorca
Tienes una finca, un apartamento o una villa en Mallorca — y en algún momento o bien llega una carta al buzón o no llega ninguna, aunque el impuesto lleve tiempo vencido. Precisamente eso es lo traicionero del IBI impuesto España: la mayoría de los ayuntamientos ya no envían factura en papel y confían en la responsabilidad de los propietarios. Esta guía te explica cómo se calcula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), qué tiene que ver con ello el valor catastral, qué otras tasas municipales como la tasa de basura (basura) y las licencias de vado (vado) se añaden, cuándo debes pagar — y por qué la domiciliación bancaria es con diferencia la solución más cómoda. Aprenderás además en qué se diferencian el IBI y el impuesto sobre la renta de no residentes, y qué te espera al comprar un inmueble.

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¿Qué es el IBI — y quién lo paga?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, abreviado IBI, es el equivalente español al impuesto alemán sobre bienes inmuebles. La base jurídica es la Ley de Haciendas Locales (LHL), concretamente el artículo 60 y siguientes. Según la ley, son sujetos pasivos el propietario, el titular del derecho de superficie y el usufructuario — es decir, no automáticamente el inquilino, aunque en los contratos de arrendamiento a veces se pacte lo contrario.
El IBI es un impuesto municipal: cada municipio (Ayuntamiento) de Mallorca lo recauda por sí mismo, fija su tipo impositivo dentro de los límites legales y también es el responsable de su cobro. Eso explica por qué dos fincas vecinas situadas en distintos municipios pueden recibir facturas anuales notablemente diferentes.
Atención: el IBI y el impuesto sobre la renta de no residentes (Modelo 210) son dos impuestos completamente distintos. El IBI va al ayuntamiento; el impuesto sobre la renta, a la Agencia Tributaria nacional. Quien solo paga uno de ellos, todavía tiene pendiente el otro.
¿Cómo se calcula el IBI? Valor catastral y tipo impositivo
La fórmula es sencilla: IBI = valor catastral × tipo impositivo. La dificultad reside en ambos factores.
El valor catastral (Valor Catastral)
El valor catastral refleja el valor del suelo y de la construcción y se determina mediante una tabla de valores oficial para cada unidad catastral. Por lo general se sitúa muy por debajo del valor de mercado. Técnicamente se revisa cada diez años (revisión catastral); entre revisiones puede variar por inflación, reformas o modificaciones del inmueble.
El tipo impositivo
El legislador español establece horquillas dentro de las cuales los municipios pueden elegir libremente su tipo:
| Tipo de inmueble | Límite mínimo legal | Límite máximo legal |
|---|---|---|
| Inmuebles urbanos (urbano) | 0,4 % | 1,1 % |
| Inmuebles rústicos (rústico) | 0,3 % | 0,9 % |
Durante la crisis financiera posterior a 2008, muchos municipios elevaron considerablemente sus tipos; desde entonces, los valores en Mallorca varían de forma notable. El tipo impositivo vigente en tu municipio puedes consultarlo directamente en el Ayuntamiento correspondiente o a través de la ATIB.
Ejemplo de cálculo
| Parámetro | Valor |
|---|---|
| Valor catastral | 180.000 € |
| Tipo impositivo municipal | 0,65 % |
| IBI anual | 1.170 € |
En las Baleares, el cálculo incluye además un factor específico municipal que se aplica sobre el valor catastral y tiene en cuenta el tipo de edificación. Los valores exactos los facilita el Ayuntamiento correspondiente previa solicitud.
¿Cuándo y cómo debes pagar el IBI?
Plazos de pago
En la mayoría de los municipios de Mallorca, el denominado periodo voluntario de pago comienza el 1 de octubre y finaliza el 2 de diciembre. Para aproximadamente una docena de ayuntamientos existen plazos ligeramente distintos — conviene comprobarlo con detalle.
Aviso: La mayoría de los municipios de Mallorca ya no envían ningún recibo en papel. Eres tú quien debe controlar el plazo. Quien pague tarde se arriesga a recargos en ocasiones considerables.
Formas de pago
| Municipio | Forma de pago |
|---|---|
| La mayoría de los municipios de Mallorca | Agencia Tributaria de las Baleares ATIB: sede.atib.es |
| Calvià | Directamente en el Ayuntamiento de Calvià |
| Inca | Directamente en el Ayuntamiento de Inca |
| Municipios de las islas vecinas | Directamente en el Ayuntamiento correspondiente |
Por internet puedes acceder a la plataforma de la ATIB, consultar el importe pendiente y pagarlo directamente. Un código en el recibo tributario — en caso de que todavía se envíe — permite conocer el estado actual.
Consejo: domiciliar el pago
La solución más cómoda es domiciliar el pago en tu banco español. La ATIB o el ayuntamiento competente cargará entonces el importe automáticamente en la fecha de vencimiento. Para los no residentes con cuenta bancaria española, este es el procedimiento habitual — y evita de forma fiable los recargos por demora.
Tasa de residuos (Basura / Tasa de Residuos)
Las tasas de basura — en español tasa de basura o tasa de residuos sólidos urbanos — son un tributo municipal independiente y no aparecen en el recibo del IBI, aunque a veces se cobran conjuntamente.
| Característica | Detalle |
|---|---|
| Base legal | Ordenanza municipal (ordenanza municipal) |
| Base imponible | Según el municipio: tamaño de la vivienda, tipo de uso, número de unidades residenciales |
| Periodicidad de pago | Por lo general anual, en ocasiones semestral |
| Competencia | Ayuntamiento o entidad delegada |
| Vencimiento | Según el municipio, frecuentemente coincide con el período del IBI |
El importe varía considerablemente: un apartamento pequeño paga bastante menos que una casa unifamiliar grande. También puede influir si el inmueble se utiliza como primera o segunda residencia. En caso de duda, consúltelo directamente en el Ayuntamiento.
Vado: el permiso de entrada y salida de vehículos
El vado (también denominado vado permanente) es la tasa por una salida o entrada autorizada en terreno privado — es decir, por el cruce de la acera para acceder a tu garaje o entrada. Las tasas recaudadas van directamente a las arcas municipales.
| Característica | Detalle |
|---|---|
| Para qué | Autorización para cruzar la acera de forma permanente |
| Señalización | Placa azul con el número de horas o «24h» en la entrada |
| Competencia | Ayuntamiento |
| Periodicidad de pago | Anual |
| Consecuencia sin autorización | Imposibilidad de denunciar a quienes aparquen bloqueando el acceso |
Nota: Un vado sin autorización válida no tiene efecto jurídico. Quien desee retirar vehículos ajenos aparcados frente a su entrada necesita una autorización activa y abonada del Ayuntamiento.
El Catastro: la base de todos los impuestos municipales
El Catastro es el registro estatal en el que figuran todos los terrenos y edificios de España con sus características esenciales. No es lo mismo que el Registro de la Propiedad (Registro de la Propiedad, aunque ambos son relevantes para los propietarios de inmuebles.
| Catastro | Registro de la Propiedad | |
|---|---|---|
| Contenido | Características físicas, valor catastral, uso | Derechos de propiedad, cargas, hipotecas |
| Competente | Dirección General del Catastro (nacional) | Registro de la Propiedad local |
| Relevancia para el IBI | Directa (base de cálculo) | Indirecta |
| Consulta en línea | sede.catastro.gob.es | registradores.org |
Si los datos del Catastro no coinciden con el inmueble real —por ejemplo, tras una reforma o una ampliación— pueden generarse valores catastrales incorrectos y, en consecuencia, un IBI incorrecto. En ese caso, la actualización (declaración de alteración catastral) es obligatoria.
Atención: Las obras no declaradas pueden no constar en el Catastro y ocasionar problemas en una comprobación posterior —también a nivel fiscal. Encontrará más información en la guía sobre cómo legalizar construcciones ilegales en Mallorca.
IBI e impuesto sobre la renta de no residentes: la diferencia
Muchos propietarios que no están empadronados en España confunden el IBI con el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). Ambos impuestos afectan al mismo inmueble, pero son completamente independientes entre sí.
| IBI | IRNR (Modelo 210) | |
|---|---|---|
| Tipo de impuesto | Impuesto municipal | Impuesto sobre la renta nacional |
| Competente | Ayuntamiento / ATIB | Agencia Tributaria (AEAT) |
| Hecho imponible | Propiedad a 1 de enero | Uso propio o alquiler |
| Base | Valor catastral | Valor catastral o ingresos por alquiler |
| Plazo | Octubre–Diciembre (por lo general) | 31 de diciembre del año siguiente |
Ejemplo: uso propio por no residentes
Quien no alquila el inmueble sigue debiendo al fisco español una renta ficticia (imputación de rentas). Esta se calcula con un 1,1 % del valor catastral, sobre la cual los ciudadanos de la UE/EEE tributan a un tipo impositivo del 19 %.
Ejemplo: Valor catastral 380.000 €
→ 1,1 % = 4.180 €
→ 19 % sobre ello = 794,20 € de impuesto sobre la renta anual
Este impuesto se suma al IBI — no lo sustituye.
IBI en la compra de un inmueble: ¿quién paga qué?
El IBI se exige a quien figure como propietario en el Catastro a 1 de enero del año fiscal. Esto plantea una pregunta importante cuando la compra se realiza a mitad de año: ¿quién asume el IBI del año en curso?
En la práctica, esto se regula en el contrato de compraventa. Lo habitual es un reparto proporcional (prorrateo) entre vendedor y comprador según la fecha de transmisión de la propiedad. Los compradores deberían hacer constar este punto expresamente en la escritura notarial.
Aviso: Si en el momento de la compra existe una deuda pendiente de IBI, en determinadas circunstancias el nuevo propietario responde de ella. Por ello, se recomienda verificarlo en el ATIB antes de la compra. Encontrarás más información sobre el proceso en la guía para la compra de inmuebles en Mallorca.
Resumen: todas las tasas municipales en Mallorca
| Tasa | Español | Quién paga | Vencimiento | Competente |
|---|---|---|---|---|
| Impuesto sobre bienes inmuebles | IBI | Propietario / Usufructuario | Oct.–dic. (por lo general) | ATIB / Ayuntamiento |
| Tasa de basura | Tasa de basura | Propietario | Según el municipio | Ayuntamiento |
| Autorización de entrada | Vado permanente | Propietario | Anualmente | Ayuntamiento |
| Impuesto de circulación | IVTM | Titular del vehículo | Según el municipio | Ayuntamiento |
| Impuesto de actividades económicas | IAE | Empresario | Anualmente | ATIB / Ayuntamiento |
| Impuesto sobre el incremento de valor (venta) | Plusvalía municipal | Vendedor | En el momento de la venta | Ayuntamiento |
Errores más frecuentes con el IBI en Mallorca
- No tener domiciliado el pago: Se espera una carta que no llega — y se paga tarde.
- Confundir el IBI con el IRNR: Se paga solo el IBI pero se olvida el Modelo 210 (o al revés).
- Valor catastral incorrecto: Una reforma o ampliación no declarada en el Catastro — con lo que la base de cálculo no es correcta.
- Deudas de IBI no detectadas en la compra: El comprador no comprueba antes de la firma ante notario si existen atrasos.
- Vado sin autorización vigente: El cartel está puesto, pero no se ha pagado la tasa anual — por lo que la autorización queda sin efecto.
- Tasas de basura olvidadas: Como a veces se facturan por separado, pasan desapercibidas en el caos de los primeros años de propiedad.
- Competencia poco clara: En Calvià e Inca el pago no se gestiona a través de la ATIB, sino directamente a través del ayuntamiento.
¿Qué viene después del IBI? Otras obligaciones fiscales anuales
El IBI es el más conocido, pero no la única obligación fiscal anual para los propietarios de inmuebles en Mallorca.
- Modelo 210 (IRNR): Los no residentes deben declarar por lo general anualmente hasta el 31 de diciembre del año siguiente el impuesto sobre la renta de inmuebles de uso propio o arrendados.
- Impuesto sobre el patrimonio: Exigible para no residentes con patrimonio inmobiliario en España a partir de determinados umbrales — más detalles en la guía sobre el impuesto sobre el patrimonio en España.
- Impuestos en la venta: En la posterior venta se aplican el impuesto sobre las ganancias patrimoniales y la Plusvalía municipal — más información en la guía sobre impuestos en la venta de inmuebles.
- Herencia y donación: En las Balearen existen desde hace algunos años importantes beneficios fiscales para familiares directos — toda la información en la guía sobre herencia y donación en Balearen.
Lista de verificación: IBI y tasas municipales bajo control
- Valor catastral del inmueble comprobado (sede.catastro.gob.es)
- Tipo impositivo municipal consultado en el Ayuntamiento
- Domiciliación bancaria configurada en banco español
- Plazo de pago del propio municipio anotado (por lo general 1 oct. – 2 dic.)
- Tasas de basura registradas por separado e incluidas en el calendario de pagos
- Licencia de vado solicitada y tasa anual abonada (si existe acceso de vehículos)
- En la compra: deudas pendientes de IBI comprobadas en el ATIB
- En la compra: reparto del IBI regulado en el contrato de compraventa
- Modelo 210 para el ejercicio fiscal en curso anotado en el calendario
- Datos del Catastro actualizados tras reforma o ampliación
Conclusión
El IBI Steuer Spanien es en esencia sencillo — siempre que sepas cómo se calcula, cuándo es exigible y quién lo recauda. El valor catastral es la base, el tipo impositivo municipal determina el importe, y la ATIB gestiona el pago para la mayoría de los municipios de Mallorca. A ello se añaden tasas independientes como las de basura y el vado, que fácilmente pasan desapercibidas. La medida más importante para los no residentes: configurar una domiciliación bancaria y no confundir el IBI con el Modelo 210 — ambos impuestos corren en paralelo y ninguno sustituye al otro. Quien lo ha entendido no se llevará sorpresas desagradables.
Fuentes oficiales
- Ley de Haciendas Locales (RDLeg 2/2004): Base legal del IBI, Art. 60 y ss. — noticias.juridicas.com
- ATIB – Agència Tributària de les Illes Balears: Portal de pago de las tasas municipales de la mayoría de los municipios de Mallorca — sede.atib.es
- Dirección General del Catastro: Consulta catastral y Valor Catastral en línea — sede.catastro.gob.es
- AEAT – Agencia Estatal de Administración Tributaria: Competente para el Modelo 210 (impuesto sobre la renta de no residentes) — aeat.es
- Consell de Mallorca: Institución insular con información adicional sobre normativa local — conselldemallorca.net