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Tasa turística de Mallorca (Ecotasa) 2026: tarifas, exenciones y obligaciones

La tasa turística de Mallorca Ecotasa preocupa por igual a turistas y arrendadores vacacionales: ¿cuánto cuesta realmente, quién debe pagarla y qué obligaciones genera para los propietarios que alquilan su inmueble? Desde el 1 de julio de 2016 se recauda el tributo —oficialmente denominado Impuesto sobre Estancias Turísticas (ITS)— en todas las islas Baleares. Se aplica a las pernoctaciones en hoteles, apartamentos vacacionales, establecimientos de agroturismo e incluso en campings. En esta guía encontrarás todas las tarifas vigentes para 2026 según el tipo de alojamiento y la temporada, qué huéspedes están exentos, a partir de cuándo se aplica el descuento por estancia prolongada, cómo funciona la liquidación como arrendador y qué planes de reforma ha anunciado el gobierno insular.

Impuesto turístico de Mallorca (Ecotasa) 2026: cuantías y exenciones

¿Estás pensando en alquilar tu inmueble en Mallorca y te preguntas qué obligaciones fiscales conlleva?


¿Qué es la Ecotasa y para qué sirve?

El nombre popular Ecotasa es en realidad un apodo; el nombre oficial de la ley es Impuesto sobre Estancias Turísticas (ITS). El impuesto es un tributo autonómico balear, no un instrumento de ámbito nacional. Se introdujo en 2016 con el objetivo de frenar el turismo masivo en las islas y, al mismo tiempo, financiar inversiones en medio ambiente, infraestructuras y calidad de vida de la población local.

Es importante entender que no es el arrendador quien adeuda el impuesto, sino el huésped quien lo paga. No obstante, el arrendador u hotelero es responsable de su recaudación, correcta liquidación e ingreso ante la administración tributaria. Esta distinción tiene consecuencias prácticas en las que profundizaremos más adelante.

El impuesto se aplica en las cuatro islas Baleares habitadas: Mallorca, Ibiza, Menorca y Formentera. Las tarifas están reguladas de forma uniforme en todo el archipiélago balear; no existen recargos municipales.

Nota: Los ingresos del ITS se destinan de forma finalista a un fondo de turismo sostenible (Fondo de Turismo Sostenible). De acuerdo con los principios de la ley, dichos fondos deben destinarse a la protección del medio natural, la regeneración de playas y la mejora de la infraestructura turística.


¿Quién debe pagar la Ecotasa?

La obligación de pago recae sobre todas las personas mayores de 16 años que pernocten en un alojamiento turístico de las Baleares. Los niños y jóvenes menores de 16 años están completamente exentos, un límite de edad que se aplica con independencia de la categoría del alojamiento.

Están sujetas al impuesto las pernoctaciones en:

  • Hoteles de todas las categorías (de 1 a 5 estrellas)
  • Aparthoteles y apartamentos turísticos
  • Apartamentos turísticos y fincas con licencia ETV
  • Establecimientos de agroturismo y hoteles rurales
  • Hostels y pensiones
  • Campings
  • Cruceros (con restricciones, véase más abajo)

Atención: Los pasajeros de cruceros también están sujetos en principio a la Ecotasa. Según la información disponible, se aplica una excepción para los pasajeros de cruceros cuyo puerto base se encuentre en las Baleares.

No están sujetos al ITS los arrendamientos de larga duración: quien ocupa un inmueble durante más de dos meses no queda incluido en la ley del impuesto turístico. Para estos casos, el modelo jurídicamente correcto es en cualquier caso el de alquiler de larga duración en Mallorca.


Tarifas actuales de la Ecotasa 2026: resumen de todos los tipos

Las tarifas se calculan por persona y por noche. La siguiente tabla muestra los tipos netos más el 10 % de IVA, así como el importe bruto efectivamente a pagar.

Tarifas de la Ecotasa 2026 comparadas: importe bruto por persona y noche según categoría del alojamiento en temporada alta y temporada baja

Hoteles y establecimientos de alojamiento clásicos

Categoría de alojamiento Temporada alta neto Temporada alta bruto (incl. 10 % IVA) Temporada baja neto Temporada baja bruto
Hoteles de 5 estrellas 4,00 € 4,40 € 1,00 € 1,10 €
4 estrellas Superior / 4★ 3,00 € 3,30 € 0,75 € 0,83 €
Hoteles / apartamentos de 3 estrellas 2,00 € 2,20 € 0,50 € 0,55 €
Alojamientos sencillos / hostels / camping 1,00 € 1,10 € 0,25 € 0,28 €

Temporada alta: 1 de mayo al 31 de octubre
Temporada baja: 1 de noviembre al 30 de abril

Apartamentos turísticos, fincas y agroturismo

Tipo de alojamiento Temporada alta bruto (incl. 10 % IVA) Temporada baja bruto (incl. 10 % IVA)
Casa de vacaciones / Finca con licencia ETV 2,20 € 0,55 €
Agroturismo / Hotel rural 2,20 € 0,55 €

Nota: Los importes brutos que figuran en la tabla son los que el huésped paga efectivamente in situ. El importe neto es el propio impuesto; el 10 % IVA se añade por encima.


El descuento por estancia prolongada: a partir de la 9.ª noche

Uno de los elementos de cálculo más importantes que muchos turistas desconocen: A partir del noveno día de estancia en el mismo alojamiento, la tarifa diaria se reduce a la mitad. Este descuento solo se aplica en caso de estancia ininterrumpida en el mismo establecimiento.

Ejemplo de cálculo: 14 noches en un hotel de 4 estrellas, temporada alta

Período Noches Tarifa bruta Importe
Noches 1–8 8 3,30 € 26,40 €
Noches 9–14 6 1,65 € 9,90 €
Total por persona 14 36,30 €

En el caso de una familia con dos adultos y dos niños menores de 16 años, solo pagan los dos adultos, es decir, un total de 72,60 € por toda la estancia. Los niños no pagan nada.


Exenciones y disposiciones especiales en detalle

Los siguientes grupos de personas o situaciones están exentos de la Ecotasa o disfrutan de bonificaciones:

Régimen Detalles
Menores de 16 años Exención total, sin excepciones
A partir de la 9.ª noche de pernoctación (mismo alojamiento) Reducción del 50 % de la tarifa diaria
Pasajeros de cruceros con puerto base en Balearen Según la información disponible, están exentos
Alquiler de larga duración superior a 2 meses No es un arrendamiento turístico, no se aplica el ITS

Nota: La investigación no contiene información sobre otros supuestos de exención específicos (p. ej., para personas dependientes o determinados grupos profesionales). Si te encuentras en un caso especial, deberías consultar directamente con la autoridad fiscal competente de las Balearen.


Obligaciones del arrendador: recaudación, liquidación e ingreso

Como propietario de un inmueble vacacional con licencia ETV en vigor, eres el Substituto del Contribuyente – es decir, el obligado tributario que recauda el impuesto en nombre del huésped y lo ingresa ante la autoridad. Esto significa concretamente:

Obligaciones paso a paso del arrendador:

  1. Calcular correctamente el impuesto – según el número de huéspedes (a partir de 16 años), la temporada y la categoría del alojamiento
  2. Cobrar el importe al huésped – preferiblemente a la llegada, en efectivo o mediante el medio de pago acordado
  3. Emitir un recibo – el huésped tiene derecho a un justificante
  4. Llevar la contabilidad – todos los importes recaudados deben estar documentados de forma trazable
  5. Presentar la declaración periódica – ante la Agència Tributaria de les Illes Balears (ATIB)
  6. Ingresar el impuesto – dentro de los plazos establecidos por la ATIB

Atención: Si no recaudas el impuesto o no lo ingresas, respondes como arrendador frente a la autoridad fiscal, incluso si tu huésped se ha negado a pagar. El riesgo recae sobre el arrendador, no sobre el huésped.

La autoridad competente es la Agència Tributaria de les Illes Balears (ATIB), accesible en atib.es. Allí encontrarás también los formularios de declaración oficiales y los plazos vigentes.

Quien gestiona su inmueble a través de una administración de fincas profesional puede delegar la recaudación e ingreso de la Ecotasa. Más información en la guía sobre la Administración de propiedades vacacionales en Mallorca.


Planes de reforma: ¿qué está previsto para 2026 y más adelante?

El Gobierno balear ha debatido públicamente planes para aumentar significativamente la Ecotasa y reestructurarla. La información disponible menciona los siguientes cambios debatidos:

Punto debatido Tarifa actual Tarifa prevista (en debate)
Hotel de 5 estrellas temporada alta (jun–ago) 4,00 € neto 6,00 € neto
Pasajeros de cruceros 2,00 € 6,00 €
Enero / febrero tarifa completa de temporada baja Prevista su eliminación
Vehículos de alquiler (< 6 meses en las islas) sin tasa 30–80 € según el valor de emisiones
Vehículos privados de turistas (< 6 meses) sin tasa 35–150 €

Atención: Estos cambios se encuentran, según el estado de la investigación, en fase de debate. Varios observadores de medios consideraban que su aplicación es políticamente incierta. Para la temporada actual de 2026 se aplican las tarifas indicadas en el apartado anterior. Antes de tu viaje o de la temporada de reservas, consulta la información actualizada en illessostenibles.travel o en la ATIB.


Ecotasa y alquiler vacacional: la relación con la licencia ETV

La recaudación de la Ecotasa presupone que tienes derecho a alquilar legalmente con fines turísticos. En Mallorca, para ello es necesaria una licencia ETV (licencia para apartamentos turísticos vacacionales). Sin una licencia ETV en vigor no puedes cobrar alquileres turísticos y, por tanto, tampoco la Ecotasa. Quien alquila sin licencia se arriesga a multas considerables que, aunque no guardan relación con la propia Ecotasa, no eliminan la obligación tributaria.

Más información en la guía Licencia ETV Mallorca y sobre la transmisión de una licencia ETV.


Errores más frecuentes con la Ecotasa

En la práctica, nos encontramos siempre con los mismos tropiezos:

  1. Olvidar el IVA: Muchos propietarios repercuten solo la tarifa neta y olvidan que encima se añade un 10 % de IVA. El huésped paga el importe bruto.
  2. No aplicar el descuento por estancia larga: El descuento del 50 % a partir de la 9.ª noche está establecido por ley, no es opcional.
  3. Clasificación incorrecta de menores: El límite de edad se sitúa en los 16 años. Los menores de 16 años no pagan nada, aunque tengan 15 años y 11 meses.
  4. No emitir recibo: Los huéspedes tienen derecho a un justificante. La falta de justificantes puede ocasionar problemas en las inspecciones de la ATIB.
  5. No presentar la declaración periódica: El impuesto no solo debe recaudarse, sino también declararse e ingresarse ante la ATIB.
  6. Confusión con el alquiler de larga duración: Quien suscribe un contrato de arrendamiento de 11 meses o un alquiler habitual de larga duración no está sujeto al ITS, aunque sí a otras obligaciones fiscales.
  7. Clasificación incorrecta de la temporada: La temporada alta comienza el 1 de mayo, no el 1 de abril. Quien alquila en abril aplica tarifas de temporada baja.

¿Qué viene después? Obligaciones fiscales en torno al alquiler inmobiliario

La Ecotasa es solo un elemento dentro del entramado fiscal que rodea a un inmueble vacacional en Mallorca. Quien alquila su propiedad tiene obligaciones adicionales:

  • Impuesto sobre la renta por ingresos del alquiler: Los no residentes pagan, por lo general, el 19 % (ciudadanos de la UE) o el 24 % sobre los ingresos brutos del alquiler
  • IBI (impuesto sobre bienes inmuebles): Impuesto municipal de devengo anual sobre la titularidad de inmuebles → IBI Steuer Spanien
  • Impuesto sobre el patrimonio: Depende del valor del inmueble y del estatuto de residencia → Vermögensteuer Spanien
  • Impuestos en la venta: Plusvalía y ganancias patrimoniales → Impuestos en la venta de inmuebles

Una visión general completa la ofrece nuestro Guía de Impuestos y Derecho.


Lista de verificación: gestionar correctamente la Ecotasa como arrendador

  • Licencia ETV vigente y en curso de validez
  • Categoría del alojamiento correctamente clasificada (para aplicar la tarifa correcta)
  • Temporada determinada correctamente según la fecha de entrada
  • Edad de todos los huéspedes registrada (menores de 16 años exentos)
  • Duración de la estancia determinada (anotar el descuento a partir de la 9.ª noche)
  • Importe bruto (incl. 10 % IVA) calculado correctamente
  • Importe cobrado en el momento de la llegada o como máximo durante la estancia
  • Recibo / justificante emitido para el huésped
  • Contabilidad mantenida al día
  • Declaración periódica presentada ante la ATIB e importe ingresado

Conclusión: Ecotasa – manejable, pero con obligaciones claras

El impuesto turístico de Mallorca Ecotasa supone para el viajero individual una carga reducida: entre 0,28 € y 4,40 € por noche y persona según la categoría y la temporada, con un descuento apreciable a partir de la 9.ª noche. Para las familias con niños menores de 16 años, el importe total se reduce considerablemente.

Para los arrendadores, sin embargo, la Ecotasa no es algo que funcione solo: el cálculo correcto, la obligación de emitir justificantes, la declaración periódica ante la ATIB y la responsabilidad por los importes no ingresados hacen necesaria una estructura de procesos sólida. Quien gestiona su inmueble vacacional a través de una administración de fincas profesional delega esta carga y duerme más tranquilo.

Los planes de reforma anunciados (tarifas más altas en temporada alta, posibles nuevas tasas sobre vehículos de alquiler y vehículos privados) deben seguirse de cerca: aún no han sido aprobados de forma definitiva a nivel político, pero pueden influir en los cálculos para futuras temporadas de reservas.

Fuentes oficiales

  • Agència Tributaria de les Illes Balears (ATIB) – Autoridad tributaria competente para el ITS: atib.es
  • Govern de les Illes Balears – Turisme – Página de información oficial sobre el impuesto turístico sostenible: illessostenibles.travel/de
  • BOIB (Butlletí Oficial de les Illes Balears) – Boletín oficial de las Baleares, fuente de las bases legales: boib.caib.es
¿Qué es la Ecotasa en Mallorca?
La Ecotasa es el apodo del *Impuesto sobre Estancias Turísticas* (ITS), un impuesto autonómico balear sobre las pernoctaciones en alojamientos turísticos. Está vigente desde 2016 en todas las islas Balearen y se calcula por persona y noche.
¿Cuánto cuesta el impuesto turístico en Mallorca en 2026?
En temporada alta (1. mayo – 31. octubre), entre 1,10 € (alojamiento sencillo) y 4,40 € (hotel de 5 estrellas) por persona y noche, IVA del 10 % incluido. En temporada baja, los importes bajan a entre 0,28 € y 1,10 €.
¿A partir de qué edad hay que pagar la Ecotasa?
La obligación de pago comienza a partir de los 16 años. Los niños y jóvenes menores de 16 años están completamente exentos.
¿Cuándo existe un descuento en la Ecotasa?
A partir de la novena noche de pernoctación en el mismo alojamiento, la tarifa diaria se reduce a la mitad. El descuento solo se aplica en estancias ininterrumpidas en el mismo establecimiento.
¿Quién debe ingresar la Ecotasa: el huésped o el arrendador?
El huésped es el obligado tributario. No obstante, el arrendador está legalmente obligado a recaudarla e ingresarla en la Agència Tributaria de les Illes Balears (ATIB). En caso de no ingresarla, el arrendador responde de la deuda.
¿Se paga también la Ecotasa en un apartamento vacacional o una finca?
Sí. Los apartamentos vacacionales y las fincas con licencia ETV están sujetos al ITS. El tipo bruto es de 2,20 € por persona y noche en temporada alta y de 0,55 € en temporada baja.
¿Se aplica la Ecotasa también a los arrendatarios de larga estancia?
No. Quien alquila un inmueble durante más de dos meses no está sujeto a la ley del impuesto turístico. Para este tipo de arrendamientos se aplican otras normativas fiscales y de arrendamiento.
¿Está previsto que la Ecotasa suba en 2026?
Existen planes de reforma debatidos públicamente que contemplan un incremento de hasta 6 € netos en temporada alta para la hotelería de lujo. Según el estado de la investigación, la tramitación política aún no había concluido; para la temporada en curso se aplican las tarifas vigentes hasta ahora.